ESTATUTOS
DE LA ASOCIACION INTERNACIONAL DE TRABAJADORES
Los
estatutos del sindicalismo revolucionario (AIT)
I.
Introducción
La
lucha secular entre explotados y explotadores ha adquirido una amplitud
amenazadora. El Capital, omnipotente, levanta nuevamente su cabeza monstruosa.
A pesar de las luchas intestinas que desgarran a la burguesía y al capitalismo
cosmopolitas, éstos se encuentran ya en magníficas condiciones de relación, que
han de permitirles lanzarse con más unidad y fuerza sobre el proletariado y
uncirlo al carro triunfante del Capital.
El
capitalismo se organiza, y de la situación de defensa en que se encontraba, se lanza
ahora a la ofensiva en todos los frentes de la clase trabajadora. Esta ofensiva
tiene su origen profundo en causas bien concretas: en la confusión de ideas y
principios que existe en las filas del movimiento obrero, la falta de claridad
y de cohesión sobre las finalidades actuales y futuras de la clase obrera, y la
división en sectores innumerables; en una palabra, en cuanto constituye
debilidad y desorganización del movimiento obrero.
Contra
este ataque cerrado e internacional de los explotadores de toda laya, no cabe
más que el empleo de un solo procedimiento: la organización inmediata del
ejército proletario en un organismo de lucha que recoja en su seno a todos los
obreros revolucionarios de todos los países, constituyendo con ellos un bloque
granítico contra el cual irán a estrellarse todas las maniobras capitalistas,
las que al fin acabarían por ser aplastadas por la fuerza de su peso enorme.
Este
movimiento de emancipación no puede aceptar las líneas de conducta indicadas
por aquellas tendencias del movimiento obrero que aspiran a la armonía entre el
capital y el trabajo, deseando una paz internacional con el capitalismo e
incorporándose en el Estado burgués. Tampoco puede aceptar las tendencias que
propagan los principios de la dictadura del proletariado, contrarios a la
finalidad de la mayor libertad posible y del bienestar para todos, pues ésta es
la finalidad de todos los obreros conscientes.
Contra
la ofensiva del Capital y contra los políticos de todos los matices, los
trabajadores revolucionarios de todo el mundo deben levantar una verdadera
Asociación Internacional de los Trabajadores, en la que cada miembro sepa que
la emancipación de la clase obrera noserá posible hasta que los obreros mismos
en su calidad de productores logren prepararse en sus organizaciones económicas
para la toma de posesión de las tierras y de las fábricas y capacitarse,
también, para administrarlas en común, de manera que ellos se encuentren en
condiciones de poder continuar la producción y asegurar toda la vida social.
Con
esta perspectiva y esta finalidad delante de sí, el deber de los trabajadores
consiste en la participación en toda acción que implique fines de
transformación social, siempre con la intención de aproximarse a la realización
de nuestros propios fines; haciendo sentir, en dicha participación, el peso de
nuestra propia fuerza, esforzándonos para dar a nuestro movimiento, por la
propaganda y la organización, los medios necesarios que le permitan sustituir a
sus adversarios. Lo mismo, en todas partes donde sea posible, hay que realizar
nuestro sistema social a título de modelo y ejemplo, y nuestras organizaciones
deben ejercer, en el marco de sus posibilidades, la máxima influencia sobre las
otras tendencias para incorporarlas en nuestra propia acción, es decir, la
lucha común contra todos los adversarios estatales y capitalistas, siempre
teniendo en cuenta las circunstancias de lugar y de tiempo, pero conservando
fielmente las finalidades del movimiento emancipador de los obreros.
II.
Los principios del sindicalismo revolucionario
El
sindicalismo revolucionario, basándose en la lucha de clases, tiende a la unión
de todos los trabajadores dentro de organizaciones económicas y de combate, que
luchen por la liberación del doble yugo del capital y del Estado. Su finalidad
consiste en la reorganización de la vida social asentándola sobre la base del
Comunismo Libertario y mediante la acción revolucionaria de la clase
trabajadora. Considerando que únicamente las organizaciones económicas del
proletariado son capaces de alcanzar este objetivo, el sindicalismo
revolucionario se dirige a los trabajadores en su calidad de productores, de
creadores de riquezas sociales, para germinar y desarrollarse entre ellos, en
oposición a los modernos partidos obreros, a quienes declara sin capacidad para
una reorganización económica de la sociedad.
El
sindicalismo revolucionario es enemigo convencido de todo monopolio económico y
social, y tiende a su abolición mediante la implantación de comunas económicas
y de órganos administrativos regidos por los obreros de los campos y de las
fábricas, formando un sistema de libres consejos sin subordinación a ningún
poder ni partido político alguno. El sindicalismo revolucionario erige, contra
la política del Estado y de los partidos, la organización económica del
trabajo, opone al gobierno del hombre sobre el hombre la gestión administrativa
de las cosas. No es, por consiguiente, la finalidad del sindicalismo
revolucionario la conquista de los poderes políticos, y sí la abolición de toda
función estatal en la vida de la sociedad. El sindicalismo revolucionario
considera que con la desaparición del monopolio de la propiedad debe
desaparecer, también, el monopolio de la dominación, y que toda forma de
Estado, encúbrase como se quiera, no podrá ser nunca un instrumento de
liberación humana, antes al contrario, será siempre el creador de nuevos
monopolios y de nuevos privilegios.
El
sindicalismo revolucionario tiene una doble función a cumplir: la de proseguir
la lucha revolucionaria de todos los días por el mejoramiento económico, social
e intelectual de la clase obrera dentro de los límites de la sociedad actual, y
la de educar a las masas para que sean aptas para una gestión independiente en
el proceso de la producción y de la distribución, así como para la toma de
posesión de todos los elementos de la vida social. El sindicalismo
revolucionario no acepta que la organización de un sistema social descansando
totalmente sobre el productor, pueda llegar a ser ordenado por unos simples
decretos gubernamentales, y afirma que solamente puede lograrse por la acción
común de todos los trabajadores manuales e intelectuales, en cada rama de
industria, por la gestión, dentro de las fábricas, de los mismos trabajadores,
de tal manera que cada agrupación, fábrica o rama de industria sea un miembro
autónomo en el organismo económico general y ordene sistemáticamente, sobre un
plan determinado y sobre la base de acuerdos mutuos, la producción y la
distribución como mejor interese a la comunidad.
El
sindicalismo revolucionario es opuesto a todas las tendencias de organización
inspiradas en el centralismo del Estado y de la Iglesia, porque sólo pueden
servir para prolongar la vida del Estado y de la autoridad, y para ahogar
sistemáticamente el espíritu de iniciativa y de independencia del pensamiento.
El centralismo es la organización artificial que supedita las llamadas partes
bajas a las tituladas superiores, y que abandona en manos de una minoría la
reglamentación de los asuntos de toda la comunidad (el individuo se convierte
en un autómata de gestos y de movimientos dirigidos). En la organización
centralista los valores de la sociedad son postergados por los intereses de
algunos, la variedad es reemplazada por la uniformidad, la responsabilidad
personal es sustituida por una disciplina unánime. Es por esta razón que el
sindicalismo revolucionario asienta su concepción social dentro de una amplia
organización federalista, es decir, de la organización de abajo a arriba, de la
unión de todas las fuerzas sobre la base de ideas e intereses comunes.
El
sindicalismo revolucionario rechaza toda actividad parlamentaria y toda
colaboración con los organismos legislativos, porque entiende que el sistema de
sufragio más libre no puede hacer desaparecer las evidentes contradicciones que
existen en el seno de la sociedad actual, y porque el sistema parlamentario
sólo tiene un objetivo: el de prestarle un simulacro de derecho al reino de la
mentira y de las injusticias sociales.
El
sindicalismo revolucionario rechaza todas las fronteras políticas y nacionales,
arbitrariamente creadas, y declara que el llamado nacionalismo sólo es la
religión del Estado moderno, tras la cual se encubren los intereses materiales
de las clases poseedoras. El sindicalismo revolucionario no reconoce otras
diferencias que las de orden económico, regionales o nacionales, producto de
las cuales surgen las jerarquías, privilegios y opresiones de todo tipo (por
raza, sexo, sexualidad o cualquier diferencia percibida o real), y reclama para
toda agrupación el derecho a una autodeterminación acordada solidariamente a
todas las otras asociaciones del mismo orden.
Es
por idénticas razones que el sindicalismo revolucionario combate el militarismo
y la guerra. El sindicalismo revolucionario recomienda la propaganda contra la
guerra, y la sustitución de los ejércitos permanentes, los que sólo son
instrumentos de la contrarrevolución al servicio del capitalismo, por las
milicias obreras que durante la revolución serán controladas por los sindicatos
obreros; exige, además, el boicot y el embargo contra todas las materias primas
y productos necesarios para la guerra, a excepción del caso en que se trate de
un país donde los obreros estén realizando una revolución de tipo social, en
cuyo caso hay que ayudarles en la defensa de la revolución. Finalmente, el
sindicalismo revolucionario recomienda la huelga general preventiva y
revolucionaria como medio de acción contra la guerra y el militarismo.
El
sindicalismo revolucionario reconoce la necesidad de una producción que no dañe
el medio ambiente, que intente minimizar el uso de recursos no renovables y que
utilice siempre que sea posible alternativas renovables. Identifica la búsqueda
de ganancias y no la ignorancia como causa de la crisis medioambiental actual.
La producción capitalista siempre busca minimizar los costes para conseguir un
nivel de ganancias cada vez más elevado para sobrevivir, y no puede proteger el
medio ambiente. En concreto, la crisis mundial de la deuda ha acelerado la
tendencia hacia las cosechas comerciales en detrimento de la agricultura de
subsistencia. Esto ha causado la destrucción de las selvas tropicales, hambre y
enfermedades. La lucha para salvar nuestro planeta y la lucha para destruir el
capitalismo deben ser conjuntas o ambas fracasarán.
El
sindicalismo revolucionario se afirma partidario de la acción directa, y
sostiene y alienta todas aquellas luchas que no estén en contradicción con sus
propias finalidades. Sus medios de lucha son: la huelga, el boicot, el
sabotaje, etc. La acción directa encuentra su expresión más profunda en la
huelga general, la que debe ser, al mismo tiempo, desde el punto de vista del
sindicalismo revolucionario, el preludio de la revolución social.
Enemigo
de toda violencia organizada por no importa que clase de gobierno, el
sindicalismo revolucionario tiene en cuenta que se producirán encuentros
violentísimos durante las luchas decisivas entre el capitalismo de hoy y el
comunismo libre de mañana. Por consiguiente, reconoce la violencia que pueda
emplearse como medio de defensa contra los métodos violentos que empleen las
clases dominantes durante las luchas que sostenga el pueblo revolucionario por
la expropiación de las tierras y de los medios de producción. Como esta
expropiación sólo podrá ser iniciada y llevada a feliz término por la
intervención directa de las organizaciones económicas revolucionarias de los
trabajadores, la defensa de la revolución debe encontrarse también en manos de
los organismos económicos y no en las de una organización militar o parecida
que se desenvuelva al margen de ellos.
Es
únicamente en las organizaciones económicas y revolucionarias de la clase
obrera que se encuentra la fuerza capaz de realizar su liberación y la energía
creadora necesaria para la reorganización de la sociedad a base del comunismo
libertario.
III.
Nombre de la organización internacional
El
lazo internacional de lucha y de solidaridad que une las organizaciones
sindicalistas revolucionarias del mundo entero se llama Asociación
Internacional de los Trabajadores (A.I.T.).
IV.
Finalidades y objetivos de la A.I.T.
La
A.I.T. tiene por objetivos:
•organizar
y apoyar la lucha revolucionaria en todos los países con el fin de destruir
definitivamente los regímenes políticos y económicos actuales y establecer el
Comunismo Libertario.
•dar
a las organizaciones económicas sindicales una base nacional e industrial y
donde tales ya existan, robustecer a aquéllas que estén decididas a luchar por
la destrucción del capitalismo y del Estado.
•impedir
la infiltración de todo partido político en las organizaciones económicas
sindicales y combatir resueltamente todo propósito de los partidos políticos de
dominar a los sindicatos.
•establecer,
cuando las circunstancias lo exijan, y sobre un programa determinado que no
esté en contradicción con los apartados a, b y c que anteceden, alianzas
provisionales con otras organizaciones proletarias, sindicales y
revolucionarias con el fin de determinar y de llevar a cabo acciones
internacionales comunes en interés de la clase obrera; tales alianzas no deben
establecerse jamás con partidos políticos, es decir, con organizaciones que
acepten el Estado como sistema de organización social. El sindicalismo
revolucionario rechaza la colaboración de clase que se caracteriza por la
participación en comités organizados bajo esquemas corporativos estatales (por
ejemplo en elecciones sindicales para comités de empresa) y la aceptación de
subvenciones, mantenimiento de profesionales del sindicalismo y demás prácticas
que puedan desvirtuar el anarcosindicalismo.
•desenmascarar
y combatir la violencia arbitraria de todos los gobiernos contra los
revolucionarios afectos a la causa de la Revolución Social.
•examinar
todos los problemas concernientes al proletariado mundial para robustecer y
desarrollar los movimientos en un país o en varios que tiendan a defender los
derechos y nuevas conquistas de la clase obrera o para la organización de la
propia revolución emancipadora.
•emprender
toda obra de mutuo apoyo en caso de grandes luchas económicas o de luchas
agudas contra los enemigos declarados o encubiertos de la clase obrera.
•ayudar
moral y materialmente a los movimientos de clase de los obreros en cada país,
en los que la dirección se halle en manos de la organización económica nacional
del proletariado.
La
Internacional interviene en los asuntos sindicales de un país solamente cuando
la organización afiliada del mismo lo pida o cuando ésta se sustraiga a las
directivas generales de la Internacional.
V.
Condiciones de adhesión
Las
siguientes pueden afiliarse a la A.I.T:
•organizaciones
Sindicalistas Revolucionarias Nacionales que no pertenezcan a ninguna otra
Internacional. En todo caso, solamente existirá una Sección en cada país. Las
Secciones afiliadas tendrán que ratificar los Principios, Tácticas y
Finalidades de la A.I.T. y mandar una copia de sus Estatutos y Principios al
Secretariado. El Secretariado Internacional de la A.I.T. informará a las
Secciones del origen del contacto o contactos que hayan solicitado la
afiliación.
•minorías
de sindicalistas revolucionarios organizadas en seno de otras organizaciones
afiliadas a otras Internacionales sindicales.
•organizaciones
sindicales, profesionales o industriales independientes o afiliadas a
Organizaciones nacionales no pertenecientes a la A.I.T., que acepten la
Declaración de Principios y Finalidades de la A.I.T, con el consentimiento
previo, sin embargo, de la Organización nacional ya adherida en el país si tal
existe. A organizaciones sindicales profesionales o industriales que han salido
o que han sido excluidas de una Organización afiliada a la A.I.T. sólo se les
puede conceder entrada en el seno de esta tras acuerdo unánime de una
Conferencia compuesta de dos representantes de cada una de las organizaciones
adheridas, es decir, de la organización esciosionista o excluida, dos de la
Organización nacional de la A.I.T. y el Secretariado de la A.I.T.
•cada
Organización de propaganda sindicalista revolucionaria que acepte la
Declaración de Principios y Finalidades de la AIT y que trabaje en un país
donde no haya ninguna organización nacional adherida a la A.I.T.
•ya
que la A.I.T. sólo se compone de Secciones legales o ilegales, con conexión
directa dentro de los respectivos países, en consecuencia solamente podrán ser
reconocidos como Secciones de la A.I.T. aquellos grupos exilados que ante el
Secretariado de la A.I.T. podrán dar clara evidencia de que representan
auténticamente a Organizaciones que actúan y trabajan en los respectivos
países.
En
todo caso, sólo podrá existir una Sección por país.
Los
siguientes tipos de comportamiento llevarán a la desafiliación:
•la
falta de cumplimiento de los Principios, Tácticas y Finalidades de la A.I.T.
•la
falta de pago de la cotización. Si una Sección no paga la cotización durante un
año, el Congreso deberá decidir sobre su baja como Sección.
•en
el caso de que una Sección no acuda a los comicios y Congresos de la
Internacional ni responda a las peticiones de contacto por parte del
secretariado de la A.I.T. ni de las Secciones, sin explicación.
VI.
De los Congresos Internacionales
Los
Congresos Internacionales de la A.I.T. se celebran cada dos años, a ser
posible. El Secretariado, con tiempo suficiente, antes del Congreso, solicita
de las Secciones los temas o sugerencias destinados a tratarse en el Congreso.
Luego el Secretariado compone el Orden del Día, el cual, junto con las mociones
presentadas, se manda a las Organizaciones adheridas seis meses antes al menos
de empezar el Congreso. Los acuerdos y resoluciones tomados por los Congresos
internacionales son obligatorios para todas las organizaciones adheridas,
excepto cuando éstas, por resolución Congreso nacional o por referéndum,
rechazan los acuerdos del Congreso Internacional.
A
instancia de un mínimo de tres organizaciones nacionales adheridas, un acuerdo
internacional puede ponerse a revisión por referéndum general dentro de todas
las Secciones.
En
los Congresos y referéndums internacionales cada Central dispone de un voto,
siendo recomendable buscar la unanimidad antes de recurrir a la votación.
VII.
Transferencia internacional
Cada
miembro de una organización adherida a la A.I.T., que tenga pagadas todas sus
cotizaciones, pero domiciliado en otro país que aquél donde fue inscrito como
afiliado, debe, no más tarde de un mes después de su llegada, efectuar su
transferencia a la organización correspondiente de la organización nacional
adherida a la A.I.T. Esta transferencia ha de ser aprobada por dicha
organización nacional sin contribución de registro de entrada.
En
caso de exilio masivo obligado la afiliación es voluntaria si se pertenece a
una organización exilada reconocida por la A.I.T.
VIII.
El Secretariado
Para
coordinar las actividades internacionales de la A.I.T., para conseguir y
organizar una información exacta de la propaganda y de la lucha en todos los
países, para llevar a cabo de la mejor manera las resoluciones de los Congresos
internacionales y para cuidar de todo el trabajo de la A.I.T., se elige un
Secretariado por lo menos de tres personas domiciliadas en el lugar donde la
A.I.T. fije su sede. El Secretario general es elegido por el Congreso o por
Referéndum internacional. Los demás miembros han de ser elegidos por la Sección
o Secciones que el Congreso designe. Los miembros del Secretariado se reparten
entre si mismos las tareas y el trabajo. El Secretariado y Secretario son
elegidos como se indica más arriba, por un período de Congreso a Congreso. No
obstante, puede haber reelección únicamente por otro período más de gestión.
El
lugar de residencia del Secretariado será determinado en el Congreso. De no ser
esto posible, se hará por referéndum. El Secretariado da informe escrito sobre
sus actividades durante el período de gestión de Congreso. El informe ha de
estar presentado con tiempo para que las Secciones afiliadas puedan tener
conocimiento del mismo antes que el Congreso se celebre.
Al
mismo tiempo se presenta y se manda a las Secciones un informe administrativo
económico.
El
Congreso nombra una comisión que durante el curso del mismo efectúa una
revisión de cuentas y control definitivo.
IX.
Las finanzas
Para
que la A.I.T. pueda desarrollar y fortalecer sus actividades internacionales y
para dar a su propaganda escrita un fundamento sólido; para que pueda editar
sus publicaciones periódicas con regularidad; para que pueda participar en
todas las manifestaciones de la vida del sindicalismo revolucionario en los
diferentes países; para que sea capaz de vigorizar las ideas del sindicalismo
revolucionario en países donde nuestras ideas y tácticas tienen escasa
representación, y, finalmente, para que la A.I.T. pueda responder satisfactoria
e inmediatamente a las llamadas de solidaridad que a ella podrán dirigirse,
cada miembro de una organización adherida a la A.I.T. tiene que pagar
mensualmente, como cotización internacional, la cantidad de un dólar
estadounidense (1 US$) o de una suma equivalente en moneda nacional, tomando en
consideración el valor de cambio en los países en cuestión.
Para
las Secciones que se hallan en situaciones difíciles, la cotización es fijada
según acuerdo con el Secretariado de la A.I.T. Cada Sección afiliada resuelve
por sí misma el procedimiento a seguir para percibir la cotización de sus
miembros. Para las Secciones que así lo deseen la A.I.T. tiene un sello
especial para colocar en el carnet del afiliado.
La
Sección afiliada manda a la A.I.T. cada trimestre la cotización estipulada.
X.
Publicaciones
El
Secretariado edita:
•Una
publicación que ha de salir con la mayor frecuencia posible. Es deseable que
cada periódico editado por organizaciones afiliadas a la A.I.T. o simpatizantes
con ella, reserve en sus páginas un espacio especial para informaciones de la
A.I.T., para llamadas de solidaridad internacional y para propaganda general.
•Folletos
de propaganda, destinados principalmente donde nuestro movimiento no tiene
afiliada ninguna organización nacional.
•Cuantas
otras publicaciones, periódicas o no, los Congresos decidieren.