Prácticas cotidianas en la red que serán multa con la
"ley antiprotesta" española
Apenas acaba de aprobarse el anteproyecto de ley, pero la
ley de Seguridad Ciudadana en ciernes ya ha merecido el calificativo de
"ley mordaza". La mayor parte de sus artículos, en total 55, frente a
los 39 de su antecesora, laLOPSC de 1992, regulan el ejercicio de las
libertades y los derechos de los ciudadanos en los espacios públicos, pero no
le corresponde a Teknautas analizar esa parte del texto, sino sus aspectos
relativos a internet.
Precisamente, en la introducción del anteproyecto, entre las
razones esgrimidas por el Gobierno para argumentar la pertinencia de la nueva
ley orgánica (aquellas relativas al desarrollo de los derechos fundamentales y
de las libertades públicas) se hace una mención específica a la evolución de
las nuevas tecnologías y su vinculación con los movimientos sociales en los
últimos años.
Desde la promulgación de la vigente Ley Orgánica de
Seguridad Ciudadana, nuestra sociedad ha sufrido notables cambios, de manera
especial en el ámbito de las TIC’s (que no existían en 1992 tal como las
conocemos hoy) y hemos podido comprobar la aparición de nuevas conductas
violentas y antisociales que debemos tener en cuentaDice así: "Desde la
promulgación de la vigente ley orgánica de Seguridad Ciudadana, nuestra
sociedad ha sufrido notables cambios, de manera especial en el ámbito de las
TIC’s (que no existían en 1992 tal como las conocemos hoy) y hemos podido
comprobar la aparición de nuevas conductas violentas y antisociales que debemos
tener en cuenta".
En ese sentido, además de la inclusión de una serie de
artículos completamente novedosos para atajar esas conductas, muchas relativas
a la difusión de mensajes a través de la red ("por cualquier medio",
esta es la coletilla introducida para abarcar todo el espectro tecnológico de la
comunicación), el nuevo texto recibirá también el trasvase de una serie de
faltas, en previsión de la desaparición de esta figura en la reforma del nuevo
código penal, actualmente en trámite.
De este modo, muchas de estas faltas se transformarán en
delitos leves. Pero en el texto que nos atañe se convertirán en infracciones
administrativas. "Ciertos comportamientos dejan de ser sancionables en el
ámbito penal y pasan a serlo en el ámbito administrativo", reza el
anteproyecto. Es decir, habrá multas. Repasemos una serie de prácticas
habituales hoy en internet que la nueva ley de Seguridad Ciudadana sancionará
con dureza.
CONVOCAR POR INTERNET
UNA PROTESTA EN JORNADA DE REFLEXIÓN ELECTORAL: MULTA DE 30.001 A 600.000 €
Uno de los artículos previstos en la nueva ley es una
respuesta evidente contra movimientos como el 15-M, que precisamente alcanzó su
máximo apogeo en el período previo a las elecciones autonómicas del 22 de mayo
de 2011. Aunque la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, ya contemplaba arrestos
y multas por la celebración de "reuniones y actos públicos de propaganda
electoral" desde la finalización de la campaña hasta la culminación del
proceso electoral, la nueva ley ampliará las sanciones a todo tipo de
movimientos sociales.
Aunque internet no tuvo tanto que ver en este caso, siendo
el SMS el formato protagonista de esta convocatoria, con la fórmula del Pásalo,
hoy también común en Whatsapp, lo ocurrido en la jornada previa a las
elecciones generales de 2004, tras los atentados del 11 de marzo, fue un caso similar.
Se considerará una infracción muy grave.
CONVOCAR POR INTERNET
UNA PROTESTA EN UNA INFRAESTRUCTURA CRÍTICA: MULTA DE 30.001 A 600.000 €
Según la Ley 8/2011, de 28 de abril, se consideran
infraestructuras críticas aquellas instalaciones "estratégicas cuyo
funcionamiento es indispensable y no permite soluciones alternativas, por lo
que su perturbación o destrucción tendría un grave impacto sobre los servicios
esenciales" del Estado.
El Congreso es la más mediática de este tipo de
infraestructuras. En los últimos tiempos se ha convertido en escenario habitual
de las manifestaciones impulsadas por el movimiento Rodea el Congreso, aunque
desde hace años en todo el territorio nacional son habituales las
concentraciones en los alrededores de distintas instalaciones públicas: en
plataformas como Change.org estas convocatorias son el pan nuestro de cada día.
Con la nueva ley, la convocatoria vía internet de reuniones "no
comunicadas o prohibidas" en lugares críticos supondrá duras multas. Se
considerará una infracción muy grave.
INSULTAR A LAS
INSTITUCIONES PÚBLICAS O INCITAR AL ODIO EN LAS REDES SOCIALES: MULTA DE 1.001
A 30.000 €
Según el anteproyecto de ley se considerarán infracciones
graves "las ofensas o ultrajes a España, a las comunidades autónomas y
entidades locales o a sus instituciones, símbolos, himnos o emblemas,
efectuadas por cualquier medio", canales entre los que también se
encuentran las redes sociales, donde a diario circulan miles de expresiones y
mensajes de este tipo. El Estado, la propia Corona o comunidades autónomas como
Cataluña reciben cada día su ración de ultrajes.
Del mismo modo, está previsto que la nueva ley sancione
aquellas "manifestaciones públicas, escritas o verbales, efectuadas a
través de cualquier medio de difusión, así como el uso de banderas, símbolos o
emblemas con la finalidad de incitar a comportamientos de alteración de la
seguridad ciudadana, violentos, delictivos o que inciten, promuevan, ensalcen o
justifiquen el odio, el terrorismo, la xenofobia, el racismo, la violencia
contra la mujer, o cualquier forma de discriminación". Ambos tipos de
acciones se considerarán infracciones graves.
INSULTAR A LOS
FUNCIONARIOS PÚBLICOS EN LAS REDES SOCIALES: MULTA DE 100 A 1.000 €
En la misma línea, aunque en este caso se considerará una
infracción leve, con una multa inferior, en el antreproyecto también se recogen
las sanciones previstas para aquellas "manifestaciones públicas efectuadas
a través de cualquier medio de difusión cuya finalidad sean las injurias o
calumnias a las instituciones públicas, autoridades, agentes de la autoridad o
empleados públicos, así como la falta de respeto y de la consideración debida a
la autoridad o a sus agentes en el ejercicio de sus funciones".
En los últimos años, hemos visto cómo una serie de políticos
han abandonado paulatinamente las redes sociales, en muchos casos para no tener
que enfrentarse a los insultos y amenazas, como Elena ValencianoEn los últimos
años, hemos visto cómo una serie de políticos han abandonado paulatinamente las
redes sociales, en muchos casos para no tener que enfrentarse a los insultos y
amenazas, como Elena Valenciano. Cristina Cifuentes se mantiene en la brecha de
Twitter, siendo uno de los cargos públicos más insultados, aunque todos reciben
su ración de descalificaciones.
Lo mismo ocurre en el caso de los cuerpos y fuerzas de
seguridad del Estado, sobre todo en días de manifestación, y en la mayoría de
los casos centradas en el colectivo de los antidisturbios. En este hilo de
Foropolicía podemos encontrar algunas opiniones de los agentes (ojo, en este
foro también existen trolls) sobre el anteproyecto.
DIFUNDIR IMÁGENES DE
UN AGENTE DE POLICÍA EN LAS REDES SOCIALES: MULTA DE 100 A 1.000 €
Las restricciones de la nueva ley no parece que vayan a
alcanzar las pretensiones del director general de la Policía, Ignacio Cosidó,
quien aseguró hace poco más de un año que el Gobierno estaba estudiando
"la prohibición de la captación, reproducción y tratamiento de imágenes,
sonidos y datos de los miembros de los cuerpos y fuerzas de seguridad del
Estado" que se encontrasen "en el ejercicio de sus funciones".
Todo apunta a que la toma de imágenes en las manifestaciones
sí estará permitida, para no menoscabar el derecho constitucional a la
información. Sin embargo, habrá restricciones en lo que se refiere a su
difusión en internetFinalmente, todo apunta a que la toma de imágenes en las
manifestaciones sí estará permitida, para no menoscabar el derecho
constitucional a la información. Sin embargo, habrá restricciones en lo que se
refiere a su difusión en internet en aquellos casos donde "el uso de
imágenes o datos personales o profesionales de autoridades o miembros de las
fuerzas y cuerpos de seguridad atente contra su derecho al honor, a la
intimidad o a la propia imagen", poniendo "en peligro la seguridad
personal o familiar de los agentes, de instalaciones protegidas o en riesgo el
éxito de la operación".
Se trata de una respuesta a las iniciativas nacidas en las
redes sociales en los últimos años donde los ciudadanos identificaban a los
agentes protagonistas de agresiones desproporcionadas en el marco de distintas
protestas sociales.Se considerará una infracción leve.
No hay comentarios:
Publicar un comentario