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sábado, 28 de noviembre de 2009

Condenados por prevaricación a penas de inhabilitación y cárcel dos ex alcaldes de Monachil (Granada)


El Juzgado de lo Penal 1 de Granada ha condenado al ex alcalde de Monachil (Granada) Francisco Lara (PSOE) a una pena de siete años de inhabilitación especial para empleo o cargo público y al también ex primer edil Antonio Trinidad (PP) a seis meses de prisión, multa de 3.600 euros y la misma inhabilitación por los delitos de prevaricación y prevaricación urbanística respectivamente por su participación en la permuta de un solar con uso de equipamiento socio-cultural en Sierra Nevada a una promotora que construyó en la finca un edificio con 82 apartamentos para su venta a particulares. En la sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, el juzgado declara además la nulidad del estudio detalle y de la licencia que dieron lugar a la construcción del edificio y ordena su demolición, a la que deberán hacer frente en un plazo de seis meses los ex regidores y los otros dos procesados en la causa, el que fuera edil de Urbanismo Benjamín Rodríguez y al arquitecto municipal, "respondiendo solidariamente de todos los gastos e indemnizaciones a posibles perjudicados". Por un delito de prevaricación y otro de prevaricación urbanística ha sido también condenado Rodríguez, que deberá hacer frente a una pena de 12 meses de prisión, multa de 6.000 euros, y 20 años de inhabilitación, mientras que el arquitecto, que el juez ve "cooperador necesario" de los mismos delitos, tendrá que asumir ocho meses de cárcel, 16 años de inhabilitación, y multa de 2.400 euros.El juez considera probado que la parcela en cuestión tenía como destino el uso socio-cultural, según había determinado el Plan Especial 'Maribel' de 1992 y ratificado la Revisión de las Normas Subsidiarias de Monachil en 1999, y que sus propietarios cedieron el solar al Ayuntamiento "en ese preciso concepto". No obstante, en el año 2003, cuando actuaba como alcalde Francisco Lara, era concejal Rodríguez, y arquitecto A.M.C.S., éstos "idearon" un plan para construir pisos en esa finca y se destinara a un fin "mucho más lucrativo" que el socio-cultural, "aún a costa de prescindir de todas las normas jurídicas y garantías aplicables". Así, encargaron al arquitecto que buscar la fórmula legal para el establecimiento de una nueva ordenación pormenorizada y que procediera a modificar la realidad urbanística adquirida de la parcela, que conllevaba un cambio puntual de las Normas Subsidiarias y que derivó en la redacción de un Estudio de Detalle, "que abría paso a la transformación del uso".

IGNORANDO "DELIBERADAMENTE" EL PROCESO URBANIZADOR

De este modo, "ignorando deliberadamente todo el proceso urbanizador previo, la cesión de la finca por los propietarios y sus derechos", el Estudio de Detalle fue aprobado inicialmente el 16 de diciembre de 2003 en la Comisión de Gobierno Municipal, con el voto favorable de sus cuatro miembros, entre ellos Lara y Rodríguez, "con pleno conocimiento de la ilegalidad que cometían y con perspectivas a conseguir que finalmente la finca fuese destinada a construir pisos para la venta", y después definitivamente en pleno de 23 de abril de 2004."Conseguido el propósito", continúa el fallo, los acusados procedieron "de inmediato", en el mes de julio, a tramitar el expediente de permuta de la finca a particulares, de quienes, tras dos ventas consecutivas, pasó a la promotora interesada en construir una edificio de apartamentos. Ésta última adquirió finalmente la finca, en menos de un año, por un importe "muy superior" al que le atribuyó el Ayuntamiento, de 1,9 millones de euros a 2,55.Con esta operación, los procesados "consiguieron modificar ilícitamente la configuración jurídica de la finca afectada utilizando un instrumento absolutamente inidóneo para ello", sorteando las "garantías esenciales" que hubiera llevado consigo la tramitación adecuada.Con posterioridad, el concejal, el arquitecto, y el nuevo alcalde, Antonio Trinidad, se dispusieron al último paso para que en la finca "se levantase un lucrativo edificio de apartamentos". Así, el 21 de octubre de 2004 la empresa propietaria de la finca solicitó al Ayuntamiento la licencia para construir 82 apartamentos turísticos, que obtuvo el 22 de noviembre de ese año concedida por la Comisión de Gobierno municipal.En esta licencia, se concedió una superficie edificable de 7.189 metros cuadrados (muy por encima de los 3.192 que tenía atribuidos inicialmente el solar) de los que 4.320 metros cuadrados tenían uso residencial y el resto aparcamientos y local 'guardaesquís'. Una vez llegado hasta el final el plan de los acusados para "modificar ilícitamente la situación urbanística" de la finca, la promotora procedió a la construcción del edificio y a ofrecer en venta a particulares las viviendas resultantes, "al margen de todo uso turístico".El juez considera que los cuatro acusados eran "conscientes" desde el principio que en el solar se iba a construir un bloque de apartamentos "sin más" para destinarlos a la venta, "y por eso no llevaron las exigencias legales al promotor más allá de las exigidas a cualquiera que construye viviendas". Resulta "nada creíble" para el magistrado que los procesados "no reparasen en datos como el origen, uso y posible destino de una parcela de propiedad municipal que el Ayuntamiento pretendía permutar por un molino". "Cualquiera que se haya acercado a un Ayuntamiento sabe que ante una eventualidad de esas características, en el seno de la corporación suele ser un asunto muy comentado", agrega el titular del Juzgado de lo Penal 1.

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