El Grupo Zena (dueño de Domino’s Pizza), continúa con su estrategia de explotación. Ni siquiera respetan el mal convenio colectivo que han firmado a principios de 2010.
Este convenio (Convenio colectivo estatal de elaboradores de productos cocinados para su venta a domicilio) tiene derechos muy por debajo del convenio de hostelería y es el que se aplica al sector de pizzerías con servicio a domicilio (Telepizza, Pizza Móvil, Domino’s , Pizza Hut, etc.
Desde CNT exigimos:
Cese del acoso a los trabajadores.
Fin de los contratos eventuales, basados en circunstancias excepcionales de mercado, causa falsa, ya que la cuantía de pedidos se mantiene constante durante todo el año.
Respeto a las categorías profesionales tipificadas en el Convenio Colectivo:
o Se ha generalizado la contratación de auxiliares de tienda y se les imponen tareas ajenas a sus funciones (elaboración de pizzas, limpieza, reparto de publicidad, etc.).
o Se contrata y paga a los responsables de turno, bajo la categoría de oficial delivery.
31 días de vacaciones anuales. Cese de la imposición arbitraria por parte de la empresa.
Compensación de los días festivos trabajados (14 días /año), acumulándolos a los periodos vacacionales.
Descanso semanal de dos días continuados. (Articulo 30 del convenio). La planificación para el disfrute de los referidos días se hará de lunes a domingo, ambos inclusive, y se organizará, en su caso, en turnos rotativos dentro del mismo grupo profesional.
Se pague la ayuda de transporte, de forma integra (En 2010 se abona en concepto de ayuda de transporte 48, 44 € cuando el convenio establece este plus en (Art. 42): 99,2150 euros/mes).
Implantación de un plus para el trabajo de los repartidores en días lluviosos.
Adecuación de espacio para dos vestuarios separados, para hombres y mujeres.
Los vestuarios debe de estar provistos de asientos y de taquillas individuales con llave, que tendrán la capacidad suficiente para guardar la ropa y el calzado. Los armarios o taquillas para la ropa de trabajo y para la de calle deben de estar separados por el estado de suciedad y humedad de la ropa de trabajo.
Puesta a disposición de los trabajadores de un local de descanso de fácil acceso.
Adecuación de iluminación de cada zona del local a la normativa vigente.
La temperatura del local deberá de estar comprendida entre 14 y 25º C. En la zona de cocina la temperatura es muy elevada, por la falta de un sistema de extracción y de aire acondicionado adecuado.
El sistema de ventilación empleado y la distribución de las entradas de aire limpio y salidas de aire viciado, deberán asegurar una efectiva renovación del aire del local de trabajo.
Suministro por parte de la empresa de los EPI´S (calzado, ropa, etc.) adecuados a cada categoría laboral.
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