Casos en los que no te pueden despedir
Hay algunas situaciones de protección, en las que cualquier
despido improcedente se transforma en despido nulo con readmisión obligatoria
en el mismo puesto y cobro de salarios de tramitación.
¿Cuáles son esos casos en los que no te pueden despedir?
Que seas delegado o
miembro del Comité de Empresa, elegido en unas elecciones sindicales o delegado
sindical de un sindicato.
Que estés embarazada
o bien hayas tenido un hijo hace menos de nueve meses. Los hombres tienen la
misma protección durante el permiso de paternidad y hasta que el niño cumpla
nueve meses, pero si no disfrutas del permiso de paternidad, aunque sólo sea un
día, no tienes ninguna de las dos protecciones.
Que hayas adoptado un
niño menor de seis años hace menos de nueve meses, siempre que hayas disfrutado
del permiso de 16 semanas al que tienes derecho por la adopción. Para que los
dos miembros de la pareja tengan protección, este permiso se puede repartir
entre ambos como se quiera.
Que estés en
reducción voluntaria de jornada o la hayas solicitado y no haya existido
negativa o incluso si la ha habido hace menos de veinte días laborables.
Que estés en
excedencia por cuidado de hijo o familiar.
Que el despido haya
vulnerado tus derechos fundamentales.
Si estando protegido
te hacen un despido o fin de contrato temporal, tienes que demandar por despido
nulo. El juez verá si el despido es procedente o improcedente. Si falla que es
improcedente lo calificará como nulo por estar en protección. En el juicio no
será el trabajador quién tenga que demostrar que el despido es improcedente,
sino que será la empresa quién tenga que demostrar que es procedente, es decir,
que es una finalización de contrato temporal correcta -ojo con los contratos
temporales en fraude- o que existen las causas disciplinarias u objetivas que
manifestaron en la carta de despido. Por tanto, siempre puedes demandar.
Debe quedar claro, no
obstante, que estando embarazada o siendo delegado o miembro del comité de
empresa, la empresa te puede despedir, casos como la falta de ventas en la
empresa en el caso del embarazo, o un despido disciplinario por pegar al
empresario en el caso de los delegados o miembros del comité de empresa. Pero
recuerda que quién decide si es procedente o no es el juez, no la empresa. Ésta
lo ha de probar si pueden o si saben.
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