Los partidos políticos se embolsan casi 580 millones de
euros al año
Hecha la ley, hecha la trampa. Este dicho se podría aplicar
a la perfección a la financiación de los partidos políticos en España, con la
ventaja añadida de que, en este caso, son estas mismas formaciones las
encargadas de regular por ley su propia contabilidad, lo cual facilita aún más
su incumplimiento, tal y como muestra el Tribunal de Cuentas en su último
informe sobre los estados contables de los partidos políticos y sus fundaciones
asociadas, correspondiente a 2007.
Este estudio, a
diferencia de lo que sucede con los sindicatos -cuyas cuentas no son
fiscalizadas-, supervisa la financiación obtenida por 17 partidos políticos con
representación en el Congreso, otros 15 con representación en las Asambleas de
las CCAA y un total de 26 fundaciones ligadas a los partidos presentes en las
Cortes Generales. Es decir, un total de 58 entidades, quedando excluidas la
mayoría de formaciones locales y fundaciones ligadas a la administración territorial
(a las que el tribunal dedica un apartado especial).
Financiación pública
y privada
Los recursos de
dichas formaciones proceden, básicamente, de tres fuentes:
1. Subvenciones
públicas: para gastos electorales, de funcionamiento, propaganda y seguridad,
en base al número de escaños y votos conseguidos en las últimas elecciones,
tanto a nivel estatal como autonómico. En 2007, percibieron por estos conceptos
algo más de 281 millones de euros. En concreto, 209 millones para su
funcionamiento ordinario, unos 62 millones en subvenciones electorales y 9
millones a los partidos andaluces para divulgar la reforma de su Estatuto de
Autonomía.
2. Financiación
privada: aquí se incluyen las cuotas y aportaciones de afiliados y
simpatizantes; sus actividades propias (gestión de su patrimonio, promociones,
servicios específicos, etc.); y las donaciones, en dinero o especie. En total,
casi 68 millones de euros en 2007, de los que 40 millones corresponden a
cuotas, otros 11 a donaciones privadas y el resto a actividades propias de los
partidos.
3. Préstamos: la
tercera pata de la financiación partidista son los créditos concedidos por
entidades financieras. La deuda viva de las formaciones ascendía en 2007 a casi
226 millones de euros.
De este modo, la
financiación total de los partidos se situó, incluyendo deuda, en casi 580
millones de euros. Excluyendo los créditos vivos, los partidos ingresaron unos
350 millones, procediendo la mayor parte del dinero (el 80%) de subvenciones
públicas.
Como es lógico, PP y
PSOE son los que manejan los mayores importes, con 221 millones de euros (casi
111 cada formación), el 38,2% del total. Excluyendo los créditos, las
subvenciones del PP ascendieron a 95 millones y las del PSOE a 91 millones; la
financiación privada del PP fue de 17 millones, y la del PSOE de 18,3 millones.
El siguiente gráfico
recoge las distintas partidas ingresadas en 2007 por los partidos fiscalizados
por el Tribunal de Cuentas.
Fuente: gráfico
elaborado por @Absolutexe
Opacidad e
irregularidades
Pero lo más
destacable del estudio, más allá de las cuantías percibidas por cada entidad,
son las observaciones que realiza el órgano fiscalizador del Estado en cuanto a
la financiación de las formaciones. Así, advierte de que la inmensa mayoría de
partidos, tanto a nivel estatal como autonómico, o bien "no incluyen
ninguna información" en las memorias remitidas al Tribunal sobre la
relación de subvenciones y donaciones recibidas, así como los detalles de las
condiciones de los préstamos, o bien esta información "está
incompleta", lo cual viola la Ley Orgánica 8/2007 sobre financiación de
partidos políticos.
También señala que
"ninguna de las formaciones" ha rendido al tribunal los debidos
mecanismos de control interno que exige la ley para "garantizar la adecuada
intervención y contabilización de los actos y documentos" relacionados con
los ingresos y gastos. Además, las formaciones no detallan en sus cuentas
anuales la financiación de sus formaciones locales, con lo que la opacidad en
este ámbito es notable. Tampoco contabilizan debidamente las donaciones
privadas, ya que no se ingresan en cuentas específicas al efecto como establece
la ley.
Por último, advierte
de que, en materia de créditos, "figuran operaciones que no han sido
objeto de amortización en los plazos previstos", lo cual se traduce en
condonación (perdón) de deudas por parte de las entidades. Y ello, sin contar
los bajos intereses que pagan (apenas un 0,4% anual).
Otros datos que
llaman la atención son los 6,2 millones de euros ingresados por el PSOE en
concepto de compensación por los bienes y derechos incautados durante la Guerra
Civil; la participación mayoritaria que mantienen Convergencia Democrática de
Cataluña (CDC), Eusko Alkartasuna (EA) y PNV en "diversas sociedades
mercantiles", lo cual prohíbe explícitamente la ley; y, sobre todo, la
incapacidad del Tribunal de Cuentas para imponer sanciones a los partidos por
incumplir la normativa sobre financiación, ya que a los legisladores se les
olvidó desarrollar en la ley, precisamente, el apartado sobre la tipificación y
prescripción de las infracciones susceptibles de sanción. De este modo, evitan,
en la práctica, los posibles mecanismos sancionadores.
Descontrol en las
fundaciones
En materia de
fundaciones políticas, sucede más de lo mismo. El informe alerta de las
"dificultades" para identificar las asociaciones que deben someterse
a fiscalización. Además, esta supervisión no se puede efectuar, según la ley,
sobre las obligaciones contables y, por tanto, la rendición de cuentas, de
dichos entes. Es decir, eluden la fiscalización económico-financiera, ya que
ésta se centra exclusivamente en las donaciones (excluyendo el resto de
actividades y recursos).
Otro límite llamativo
es que el Tribunal de Cuentas tan sólo puede revisar (muy parcialmente) las
fundaciones de los partidos con representación en las Cortes Generales y, por
tanto, no puede entrar en las fundaciones autonómicas y locales de los
partidos. La opacidad aquí es casi total, ya que el tribunal no puede revisar
las donaciones que aportan a estos entes territoriales las "empresas
privadas que [...] presten servicios o realicen obras para las Administraciones
Públicas, organismos públicos o empresas de capital mayoritariamente
público". Véase el caso Palau de la Música de Cataluña, por ejemplo.
Por último, el
informe también destaca que, al igual que sucede con los partidos, el tribunal
carece de potestad para poder sancionar a las fundaciones políticas, ya que
dicho régimen sancionador sólo se aplica (en teoría) a los entes que reciban
subvenciones anuales para sus gastos de funcionamiento (partidos políticos).
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