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martes, 10 de mayo de 2011

Alaya ordena investigar el patrimonio del exconsejero Antonio Fernández

La juez que investiga los Expedientes de Regulación de Empleo (ERE) irregulares, Mercedes Alaya, ha ordenado a la policía que investigue el patrimonio del exconsejero de Empleo Antonio Fernández, así como el de su esposa, los padres e hijos de ambos, sus hermanos, y cónyuges y parejas de estos últimos. Es decir, la familia de Fernández al completo. La magistrada decreta en un auto la misma medida, que incluye cuentas bancarias y patrimonio inmobiliario, de las familias del exdirector general de Trabajo Javier Guerrero, el intermediario Juan Lanzas y el exdelegado de Empleo en Sevilla, Antonio Rivas.


La Junta acusa a la juez de los ERE de infringir la ley en su investigación

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Balance final de la investigación de los ERE: 72 intrusos y 111 irregularidades administrativas

En dicho auto del pasado 16 de abril, la juez aclara la imputación de Fernández por ser "indiciario conocedor" de las pólizas ilegales que realizó Guerrero a los intrusos (personas que nunca trabajaron en las empresas beneficiadas), por conocer los "importantes reparos" que la Intervención General de la Junta expuso ante el procedimiento para conceder las ayudas públicas, y finalmente por su inclusión en 2008 en el ERE de la empresa González Byass, donde dejó de trabajar en 1981.

El expediente incluía un calendario de pagos por la póliza de Fernández por 386.000 euros, al margen de los 31.419 euros que le correspondían en una póliza de renta que cobrará cuando esté desempleado o se jubile. Pero Fernández no cobrará los 386.000 euros destinados en un principio para él como trabajador de la bodega hasta principios de los años 80, cuando solicitó una excedencia, porque no firmó la adhesión a la póliza ni pertenece a la asociación que crearon los empleados afectados.

Mientras, la magistrada no tramitará de momento ante el Tribunal Supremo el conflicto de jurisdicción planteado por la Junta, que se negó a entregar las actas de los Consejos de Gobierno desde 2001. Alaya argumenta "coherencia procesal" para esta decisión, ya que hay recursos por el mismo asunto planteados ante la Audiencia de Sevilla.

Según la juez, esta decisión trata de "evitar tramitaciones paralelas y pronunciamientos inútiles o contradictorios". La Junta de Andalucía, entregó las actas, que permanecen en un depósito judicial cerrado desde el pasado 7 de abril, pero recurrió la decisión judicial.

La juez mantiene abiertas estas diligencias, derivadas del "caso Mercasevilla", por la aparición en los ERE financiados por la Junta de 72 "intrusos" que nunca trabajaron en las empresas y 111 irregularidades administrativas.

La juez defendió en sus autos que el Gobierno andaluz podía haber incurrido en prevaricación si obvió las advertencias de la Intervención contra el procedimiento administrativo con el que se daban las ayudas a empresas y para expedientes de regulación de empleo (ERE). También exigió el 30 de marzo la entrega de todas las actas del Consejo de Gobierno desde 2001 para evitar que fueran alteradas. La Junta recurrió esta resolución y acusó a Ayala de infringir la ley en su investigación.

El recurso del Gobierno andaluz sostiene que presentó un día antes del auto de la juez un escrito en los juzgados en el que planteaba un conflicto de jurisdicción que debía resolver el tribunal de conflictos jurisdiccionales del Tribunal Supremo.

Según la Junta, Alaya vulneró los artículos 10.4 y 11.1 de la Ley Orgánica de Conflictos Jurisdiccionales al "dilatar la puesta en conocimiento de las partes, dictar resoluciones o establecer nuevos requerimientos no previstos en la ley". En este sentido, afirma la Junta que el auto del día 30 de marzo "completa la deficiente motivación" que hizo en un auto anterior (del 21 de marzo), en el que por primera vez reclamó las actas.

El Gobierno entiende también que Alaya incumplió con el auto del día 30 el artículo 267 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que impide a los tribunales "variar las resoluciones que pronuncien después de firmadas", aunque sí permite "aclarar algún concepto oscuro y rectificar cualquier error material de que adolezcan". "El juzgado introduce una suerte de turno de réplica en la tramitación del conflicto, vistiendo de motivación aquello que no la tenía y en definitiva desnaturalizando el procedimiento con el menoscabo en la posición de esta Administración", señala el recurso.

La Junta también entiende que Alaya ha incumplido el artículo 11.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que sostiene que los juzgados y tribunales tendrán que resolver sobre las "pretensiones que se les formulen" oficialmente, algo que no ha hecho hasta hoy.

fuente: elpais

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