La Audiencia Provincial de Málaga ha rechazado el recurso presentado por la tonadillera Isabel Pantoja contra el auto que ordenaba continuar por el trámite de procedimiento abreviado una causa por un supuesto delito de blanqueo de capitales que se sigue contra ella.
El tribunal considera que existen suficientes indicios para que continúe su curso la causa penal por un supuesto delito de blanqueo de capitales contra la cantante, según la resolución que hoy adelantaba el diario 'Sur' de Málaga.
El auto cuyo recurso se ha rechazado ordenaba mantener la imputación de Pantoja y del ex alcalde de Marbella Julián Muñoz, entre otros.
La Audiencia Provincial desestima varios recursos, entre ellos el de la tonadillera, contra este auto del Juzgado de Instrucción numero 5 de Marbella de febrero pasado.
Isabel Pantoja se enfrenta en este proceso, derivado del 'caso Malaya', a una pena de tres años y medio de prisión y una multa de 3,7 millones de euros por un presunto delito de blanqueo.
Para el ex alcalde Julián Muñoz, la Fiscalía Anticorrupción solicita siete años y medio de cárcel y una multa de casi 7,5 millones al añadir un supuesto delito de cohecho pasivo.
El tribunal considera que existen suficientes indicios para que continúe su curso la causa penal por un supuesto delito de blanqueo de capitales contra la cantante, según la resolución que hoy adelantaba el diario 'Sur' de Málaga.
El auto cuyo recurso se ha rechazado ordenaba mantener la imputación de Pantoja y del ex alcalde de Marbella Julián Muñoz, entre otros.
La Audiencia Provincial desestima varios recursos, entre ellos el de la tonadillera, contra este auto del Juzgado de Instrucción numero 5 de Marbella de febrero pasado.
Isabel Pantoja se enfrenta en este proceso, derivado del 'caso Malaya', a una pena de tres años y medio de prisión y una multa de 3,7 millones de euros por un presunto delito de blanqueo.
Para el ex alcalde Julián Muñoz, la Fiscalía Anticorrupción solicita siete años y medio de cárcel y una multa de casi 7,5 millones al añadir un supuesto delito de cohecho pasivo.
fuente: publico
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