domingo, 1 de enero de 2006
Entra en vigor la Ley del Tabaco
ENTRA EN VIGOR LA LEYEl tabaco desaparece de la vida social española
Desde hoy, 1 de enero, está prohibido fumar en restaurantes y centros de trabajo
La nueva norma abre una etapa en la lucha contra uno de los principales problemas de saludMARÍA SAINZ CARLOS MARTÍNEZ
(Foto: EFE Víctor Lerena)
A D E M Á S ...
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Con el año nuevo entra en vigor en España una de las leyes contra el tabaco más severas de Europa. Desde hoy, el humo del cigarrillo prácticamente desaparece de la vida social española. En los centros de trabajo, en los restaurantes y en muchos bares está ya prohibido fumar. Empieza una nueva etapa en la lucha contra uno de los principales problemas de salud.
La llamada 'Ley de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco', el nombre completo de la normativa, supone un hito en la política sanitaria española. En octubre de 2005 la Comisión de Sanidad y Consumo del Congreso de los Diputados aprobó por unanimidad el primer borrador completo de la ley. En diciembre, un año después de su presentación, el Pleno del Congreso dio el sí definitivo.
En el camino se introdujeron modificaciones -hubo 100 enmiendas en el Senado- y se terminó por perfilar una normativa que abarca todos los aspectos relacionados con el consumo de tabaco, como los mecanismos de distribución y venta, la exposición al humo en los lugares públicos o las medidas para reducir el consumo.
Éstos son los ocho puntos básicos del texto, que ha provocado tanto elogios por el paso que representa como críticas, principalmente porque la financiación de las terapias se queda fuera y por el tiempo -ocho meses- que se da a los establecimientos de ocio para adaptarse a sus exigencias.
1. Sin tabaco en las reuniones y actos sociales
Los dueños de bares y restaurantes de menos de 100 metros cuadrados podrán decidir si el tabaco es bienvenido o no en sus locales. En los establecimientos más grandes estarán permitidas las salas de fumadores que no superen el 30% de la superficie o los 300 metros cuadrados. La medida también afecta a los salones de celebraciones. "La mayoría de las recaídas se dan en los eventos como las bodas. Al vetar el consumo, protegemos a los no fumadores y a los que intentan dejar el hábito", señala Carlos A. Jiménez, director de la Unidad de Tabaquismo de la Dirección General de Salud Pública de la Comunidad de Madrid.
2. Se reducen los puntos de venta
A partir del 1 de enero, la venta y suministro de tabaco se limita considerablemente. "Se reducen los puntos de venta hasta el 40%. A pesar de ello, quedarán 120.000", explica Rodrigo Córdoba, presidente del Comité Nacional para la Prevención del Tabaquismo (CNPT). Por ley, sólo se despacharán estos productos en "la Red de Expendidurías de Tabaco y Timbre o a través de máquinas expendedoras autorizadas". Éstas se situarán donde esté permitido el consumo. Por ejemplo, en los bares de menos de 100 metros cuadrados que así lo decidan. Estos locales deberán indicar con un cartel, situado en la entrada, que en su interior se puede fumar y comprar tabaco.
3. No se pagarán las terapias para dejar de fumar
La ley finalmente no contempla la financiación pública de los tratamientos de ayuda para dejar de fumar, una decisión que ha dividido a buena parte de la comunidad médica. Carlos A. Jiménez sostiene que "el tabaquismo es una enfermedad crónica, reconocido así por la Organización Mundial de la Salud (OMS), y sus tratamientos deberían estar financiados, igual que los que tratan la hipertensión". Contrariamente, el presidente del CNPT afirma que ningún país cuenta con financiación universal. Y añade que "la eficacia de estos tratamientos sólo está comprobada a 12 meses, después de este tiempo aparecen recaídas que están más ligadas al entorno social".
4. Proteger a los menores de 18 años
Uno de los objetivos principales de la normativa es disminuir y prevenir el consumo entre los jóvenes. La edad mínima para vender y comprar tabaco, o productos que inciten a su consumo (por ejemplo, cigarrillos de chocolate), queda fijada en los 18 años. Por otro lado, mientras que los menores de 16 no podrán entrar en las salas de fumadores, sí podrán acceder a los locales pequeños en los que esté permitido fumar. "El 10% de las afecciones respiratorios de los niños españoles son atribuibles a enfermedades relacionadas con el humo de tabaco. Con estos datos, los padres pueden tomar la determinación que crean conveniente", declara Jiménez.
5. Los camareros seguirán tragando humo
La normativa veta el tabaco en todos los lugares de trabajo y no permite establecer salas de fumadores. Como dato curioso, las personas que se dedican a la hostelería no podrán fumar en su puesto de trabajo a pesar de que sus clientes sí tendrán el permiso para hacerlo (en zonas destinadas a tal efecto o en los locales de menos de 100 metros cuadrados donde se permita). Por tanto, determinados camareros no consumirán activamente pero seguirán haciéndolo de forma pasiva. "La situación está así por las presiones de los hosteleros. De todas formas, tendrá que haber una ley definitiva para la hostelería y ésta no va a ser la última", afirma Rodrigo Córdoba.
6. Límites a la publicidad
La nueva legislación prohíbe la "publicidad, promoción y patrocinio del tabaco en todos los medios". Los deportes de motor "con efectos transfronterizos" contarán con una moratoria de tres años para implantar la prohibición. Esta excepción, que afectará entre otros a la Fórmula Uno, podría incumplir la directiva europea. Javier Fábregas —responsable de comunicación de la Red Europea de Prevención del Tabaquismo— señala que la Comisión Europea ha anunciado que revisará el texto español. "No estamos de acuerdo con este punto. La retransmisión de un gran premio equivale a 50 anuncios de tabaco de 30 segundos", resalta el portavoz del CNPT.
7. Mecanismos para velar por el cumplimiento de la ley
"Llevará un tiempo acostumbrarse a la ley. Por eso, debe existir un mecanismo que controle su cumplimiento", afirma Marta Seoane, de la Iniciativa de la OMS por un Mundo sin Tabaco. Las Comunidades Autónomas son las que sancionarán a quienes incumplan la ley. Estas infracciones podrán ser leves (multas de hasta 600 euros), graves (entre 601 y 10.000 euros) y muy graves (de 10.001 a 600.000 euros). La cuantía se decidirá según "la capacidad económica del infractor; el riesgo generado para la salud; la repercusión social de la infracción; el beneficio que haya reportado al infractor la conducta sancionada y la previa comisión de una o más infracciones".
8. El precio se mantiene
La nueva ley no contempla la subida del precio del tabaco, uno de los más bajos de la UE. Según el Ministerio de Sanidad, esta medida no está incluida en la normativa porque corresponde al Ministerio de Hacienda. "La tendencia del Gobierno es aumentar positivamente los impuestos sobre el tabaco. Incrementar el valor de las tasas directas y no de las que bajan según disminuye el precio", asegura Javier Fábregas. Una de las últimas estrategias de las tabaqueras ha consistido en vender cajetillas a bajo coste.
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