Condenan a un año de cárcel a dos policías que agredieron a dos menores a los que confundieron con otras personas
La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a un año de prisión e inhabilitación especial de dos años para empleo o cargo público, en particular para el cargo de policía o miembro de los cuerpos y fuerzas de seguridad del estado y entidades públicas, a dos policías locales de Villaviciosa de Odón que en enero de 2003 pegaron una paliza a dos menores de edad a los que confundieron con otras personas.Así lo acuerda la sección tercera de la Audiencia madrileña en una sentencia que condena a la citada pena a los agentes Óscar G.H. y a Javier L.E., a los que también impone una multa de 240 euros por una falta de lesiones y el pago de una indemnización de 1.500 euros a uno de los afectados. El fallo les absuelve de un delito de tortura del que habían sido acusados.La resolución jurídica declara probado que el 12 de enero de 2003 el dueño de un pub de Villaviciosa de Odón llamó a la policía local alertando de que en las inmediaciones de su local se estaba produciendo una pelea entre jóvenes. Tras recibir el aviso, partieron los acusados para la zona, entrevistándose con el propietario del bar, quien admitió que la trifulca no se llegó a producir al haber impedido la entrada de los chicos en el pub.Durante la conversación, los agentes solicitaron al dueño la descripción de las personas que habían iniciado la pelea. Una vez obtenida la información, los imputados dieron una vuelta por la zona, localizando a Antonio M.C., de 17 años de edad, y a Natalia de la P. del C., de 16 años, cuyos rasgos coincidían con los facilitados por el denunciante, por lo que decidieron darles el alto.Los jóvenes, al ver que los policías portaban en la mano sus pistolas reglamentarias se asustaron, levantando los brazos para tirarse al suelo. 'Javier L. se dirigió a Natalia y Óscar G. a Antonio, haciéndole la zancadilla y provocando que cayera al suelo bruscamente, apuntándole con la pistola y pisando su cabeza y su cuello contra el asfalto', según explica la sentencia.El tribunal considera probado que uno de los agentes propinó numerosas patadas en las piernas a Antonio M. mientras le preguntaba dónde estaban las personas que habían participado en la pelea. A continuación, los funcionarios cogieron el DNI del chico, le esposaron y le introdujeron en el coche patrulla junto a Natalia con el fin de trasladarse a las dependencias policiales.En el transcurso del viaje, Óscar G. dio varios frenazos bruscos provocando que Antonio, al ir esposado, se golpeara contra la mampara del vehículo. Una vez en comisaría, familiares de los jóvenes agredidos solicitaron la presencia del propietario del bar en el que se había iniciado la pelea, quien manifestó ante los agentes que ni Natalia ni Antonio -- que sufrió la fisura de los huesos nasales y una contusión en el muslo-- habían participado en la misma.La sentencia, contra la que cabe interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo, establece que los hechos deben subsumirse al delito contra la integridad moral, 'homogéneo con el de torturas y de menor gravedad punitiva, no considerando grave, atendidas las circunstancias fácticas concurrentes y el resultado lesivo producido'
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