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lunes, 1 de agosto de 2011

El Supremo anula unas elecciones de 2008 de CC OO en Córdoba

Tres años después de que se celebrase el ciclo de reuniones asamblearias en las que se elaboraron votaron y eligieron las candidaturas para las asambleas y congresos superiores de la Federación de Industria de CC OO, el Tribunal Supremo ha confirmado la impugnación reclamada por dos afiliados de Córdoba que no fueron convocados a una asamblea en octubre de 2008.

En este encuentro se debía elegir a los delegados para el siguiente congreso provincial. "La nulidad de la asamblea pone en cuestión a la actual directiva provincial, regional y nacional de todo el sindicato", interpreta Rafael Salazar, uno de los demandantes.

El Supremo responde así al recurso de casación presentado por Comisiones a la sentencia del Juzgado de los Social número 4 de Córdoba que aceptaba íntegramente las demandas de los denunciantes. Éstos solicitaban que se declarase nula y sin efecto la Asamblea Congresual del Sindicato Provincial Minerometalúrgico de Córdoba del 30 de octubre de 2008, así como el acta de la misma, todos los acuerdos alcanzados en dicha asamblea y, en particular, la candidatura elegida. Los demandantes pedían además que se convocase una nueva asamblea. El juzgado aceptó todas estas solicitudes.

Impugnada

Antes de acudir a los tribunales, los dos denunciantes impugnaron la asamblea ante Comisiones, pero sus solicitudes fueron rechazadas. El sindicato evitó ayer opinar sobre la sentencia o sus consecuencias en su organigrama. Un portavoz del sindicato explicó que todavía no han recibido la documentación y justificó el mutismo de los dirigentes por estar de vacaciones. Recordó, eso sí, que ya se ha superado más de la mitad del mandato que se quiere ahora anular.

Quien sí habló fue Rafael Salazar, uno de los dos denunciantes. La lectura que hace este sindicalista de las repercusiones de la sentencia son tajantes. "Creo que con la sentencia del Supremo en la mano, hasta Ignacio Fernández Toxo debería dimitir", afirma Salazar citando al secretario general de Comisiones. "La impugnación de la asamblea supone la nulidad, también de la actual dirección de la Unión Provincial de Comisiones, de la Confederación de Andalucía y de la de España, así como la nulidad de todas las direcciones en la rama de Industria".


fuente: elpais

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