Obliga a la Junta a presentar otro recurso ante el Supremo para defender una actuación que otra vez queda en entredicho.Una nueva sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía vuelve a anular el proyecto .
LAS CLAVES
1La anulación se asienta en un fallo en la tramitación administrativa del proyecto.
2No impide que se siga con las obras ni significa que se tenga que levantar la calle Real.
3El nuevo fallo es un procedimiento distinto por lo que no sirve el primer recurso.
4Los afectados piden una compensación por daños y perjuicios de las expropiaciones.
5El Supremo será el que decida la validez de la actuación y las medidas compensatorias. .Segundo golpe a las obras del tranvía. Una nueva sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ratifica la anulación del proyecto para la ejecución del medio de transporte por San Fernando. La denuncia fue cursada por los negocios de la zona de Montañeses de La Isla que recibieron la notificación de expropiación. De esta manera, el Tribunal vuelve a incidir en los argumentos del primer auto para estimar el recurso contencioso-administrativo. Es decir, que vuelve a dejar sin efecto «los actos y trámites de ejecución llevados a cabo por la Administración demandada, con los efectos restitutorios inherentes que sean oportunos».
Aunque el resultado es el mismo, se trata de otro procedimiento diferente. Lo que significa que la Junta tendrá que volver a recurrir al Supremo para defender la actuación, cuya validez ha puesto en duda el TSJA en dos ocasiones. Desde que se conociera la noticia Obras Públicas ha defendido que el fallo no entra en el fondo sino tan sólo en un defecto de forma del proyecto, asegurando que las gestiones que se han llevado a cabo son legales. De hecho, ya han presentado su intención de recurrir al Supremo y ahora están en su proceso de elaboración. El problema reside en la tramitación de los documentos ya que no se sacó a exposición pública el proyecto, dando este paso tan sólo el estudio informativo. La decisión se tomó al no haber cambios significativos entre uno y otro. En su momento, el director gerente de la Agencia de Obras Públicas de la Junta incidió en que se ha actuado de igual manera que en otros procesos, en los que la justicia sí dio la razón a la administración.
Mirado con lupa
Mientras tanto el único afectado que no llegó a un acuerdo en el proceso de expropiación, Joaquín Moreno, continúa a la espera de una llamada que solucione su situación. A pesar de que la Junta aseguró que abriría una vía de negociación para solucionar el conflicto, lo cierto es que hasta el momento no ha habido ningún contacto ni acercamiento.
Su situación varía mucho con el resto de afectados que sí aceptaron las condiciones económicas de la expropiación (que no la expropiación) y que lo que reclaman son indemnizaciones por daños y perjuicios. En esta segunda sentencia son los negocios de la zona los que se pronuncian y lo que pretenden es que se restituyan los inconvenientes por el traslado de sus establecimientos y el impacto que supuso iniciar una nueva actividad en otro lugar.
No hay comentarios:
Publicar un comentario