A pesar de que el secretario general de la Unión General de Trabajadores afirma que las cuentas de la organización son auditadas, entre otros órganos, por el Tribunal de Cuentas, lo cierto es que el órgano fiscalizador del estado nunca ha examinado la contabilidad de los sindicatos españoles o las organizaciones empresariales, al menos desde la llegada de la democracia.
El Tribunal de Cuentas, por mandato de sus propios estatutos, lleva a cabo dos tipos de informes sobre cuentas anuales. En primer lugar, se fiscalizan aquellos organismos que han de entregar sus cuentas al Tribunal porque así lo dicta un precepto legal. Es el caso de la Cuenta General del Estado –ingresos, gastos y balances del gobierno central y sus organismos autónomos-, que anualmente es cotejada por los técnicos del órgano de Cuentas, así como los estados contables de los partidos políticos, incluido las donaciones recibidas por las fundaciones vinculadas a ellos, que también han de entregarse cada año al Tribunal. Además de lo anterior, el Tribunal de Cuentas está también obligado a supervisar las cuentas de las comunidades autónomas, si bien en este caso la fiscalización se realiza de forma rotatoria de manera que cada año se estudian las cuentas de sólo unas cuantas comunidades, generalmente en número de seis. Eventualmente, el Tribunal también somete cada año a escrutinio la contabilidad de unas cuantas universidades públicas, pero siempre a criterio del Pleno del Tribunal cuando aprueba el plan anual de fiscalizaciones.
Además de estos informes obligados por ley, el Tribunal de Cuentas diseña su propio programa de fiscalización anual en el que se incluyen organismos dependientes de los distintos niveles administrativos, así como fundaciones pertenecientes a entidades oficiales o empresas públicas propiedad del Estado, las comunidades autónomas o los ayuntamientos.
La consecuencia es que, en toda la historia de la democracia, el Tribunal de Cuentas jamás ha investigado los estados contables de los sindicatos o los organismos representativos de la patronal; no por una supuesta dejación de funciones sino porque, en último término, se trata de entidades privadas sobre las que los órganos interventores del Estado no tienen potestad fiscalizadora.
Cosa distinta es que, en ocasiones, las fundaciones a las que pertenecen sindicatos y patronal hayan sido objeto de estudio por el órgano español de cuentas, como el secretario general de la UGT dejó entrever en su respuesta evasiva, pero ello no implica en ningún caso que la contabilidad sindical o de la CEOE haya sido sometida al escrutinio de los técnicos del Tribunal .
Como perceptores de abundantes subvenciones públicas, sindicatos y patronal han debido aportar, también en ocasiones aisladas, información puntual del destino de algunas de estas ayudas, pero siempre a través del órgano administrativo que las concedió, sobre el cual recae específicamente la actividad interventora del Tribunal de Cuentas.
Pero es que los propios sindicatos reconocen indirectamente en su información institucional que son entidades ajenas al control de las cuentas oficiales que ejerce el órgano fiscalizador del estado. Según los datos sobre su funcionamiento interno que ellos mismos ofrecen de forma pública, tanto UGT como Comisiones Obreras pasan únicamente un examen por parte de los miembros de cada sindicato que forman parte de las llamadas "Comisiones de Control Económico". Estas comisiones elaboran un informe anual sobre las cuentas que después elevan a los órganos federales para su aprobación, de forma que nadie ajeno al sindicato puede saber cuánto dinero reciben y en qué lo invierten, salvo que las propias centrales sindicales tengan a bien facilitar esa información.
Sobre la afirmación de Cándido Méndez de que las cuentas de su sindicato son evaluadas por una empresa auditora independiente, la organización no ofrece ni el nombre ni ningún otro dato en la información que sobre asuntos económicos internos recoge en su página web.
Fuente: LD
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