El salario
mínimo de los futbolistas de Primera y Segunda División A
No son filtraciones de documentos de
despachos de abogados. Son datos oficiales aunque no siempre visibles. Ya
sabes, si no te toca El Gordo, no has heredado una fortuna, no eres un
empresario de éxito ni has creado una startup que vale miles de millones
de euros siempre te quedará una cosa: que tu hijo se haga futbolista
profesional o que tu hija, también hijo, se case con uno de ellos, aunque al
poco tiempo se divorcie.
Pese a que estamos hablando de
retribuciones que perciben empleados de empresas privadas, en Sueldos
Públicos hemos querido recordar los datos -públicos- ahora que los partidos
políticos han acordado subir un ocho por ciento el Salario Mínimo
Interprofesional (SMI) para 2017. Pasará de 655,20 euros al mes a 707,60
euros. Eso, automáticamente, provocará una subida de los salarios de los cargos
electos de Podemos ya
que tienen vinculada su retribución a un máximo de tres SMI, con algunas
excepciones.
El acuerdo alcanzado entre la Liga de
Fútbol Profesional (LFP) y la Asociación de Futbolistas Españoles (AFE)
fija un salario mínimo, -insistimos, mínimo- para los jugadores de Primera
División, LaLiga Santander, de 155.000 euros durante la presente temporada y de
77.500 euros para los deportistas de la Segunda División A, LaLiga 1| 2| 3.
Eso son 14 pagas de poco más de 11.000 euros al año y unos 5.300,
respectivamente. En ese sueldo mínimo se incluye la prima de fichaje, el sueldo
mensual y las primas de partidos. Estas cantidades suponen un incremento del 17
por ciento respecto del convenio anterior y hacen más ancha, si cabe, la brecha
salarial entre este colectivo profesional y el ciudadano español medio. El SMI
de 2016 (655,20 euros al mes) supone hasta 17 veces lo que cobra un jugador de
primera y hasta ocho veces, lo que ganan los jugadores de la división de plata
del fútbol español.
No obstante, el documento que puedes leer
en el BOE deja claro que las cantidades antes mencionadas hacen referencia al
“sueldo mínimo garantizado” pero que el ‘sueldo mensual’ es “la cantidad que
percibe el futbolista profesional con independencia de que participe o no en
los partidos que este dispute. Deberá fijarse con carácter inexcusable en el
contrato que suscriban ambas partes o en el Convenio que se establezca entre
cada Club/SAD y sus respectivas plantillas, para la fijación de la cuantía que
corresponda a cada temporada”. Así, “cada futbolista profesional percibirá,
cada año de vigencia de su contrato, doce sueldos mensuales de una cuantía
mínima para esta temporada 2016/2017 de 6.500 euros al mes en Primera División
y 4.000 euros en Segunda”. Para la próxima temporada se mantienen estas
cantidades más el IPC de 2017. Así, hasta el ejercicio 2019/2020.
¿Cuándo
cobran?
Cuando no se especifique el día de pago,
se entenderá que:
- La prima de contratación o de fichaje se divide
en cuatro plazos a lo largo de la temporada.
- La prima por partido se abona dentro de los
quince días siguiente a la fecha de su devengo.
- El sueldo mensual se paga dentro de los cinco
últimos días de cada mes.
- El club o Sociedad Anónima Deportiva podrá
ejecutar el pago con talón bancario o trasferencia.
Las
pagas extra y el “plus” y “premio” de antigüedad
Los jugadores de Primera y Segunda A
tienen derecho a cobrar dos pagas extra, en junio y en diciembre, “por importe
cada una de ellas del sueldo mensual pactado, incrementado con el plus de
antigüedad”. Las extra se pagan en los primeros 20 días de los meses
citados.
El “plus de antigüedad” es la cantidad que
percibe el jugador por cada dos años de permanencia en el mismo club o SAD. Su
importe equivale al cinco por ciento del sueldo mensual que perciba de
su equipo.
El “premio de antigüedad” es la cantidad
de dinero que se concede al futbolista a la extinción de su relación con el
club cuando ha permanecido en el mismo equipo como futbolista profesional. Para
la presente campaña, los jugadores que finalicen su contrato y tengan nueve
o más temporadas de antigüedad cobrarán un plus de 75.000 euros. La
cantidad oscila entre 19.250 euros para seis temporadas y 44.500 para ocho
temporadas.
Los profesionales de este colectivo
también pueden cobrar otras cantidades pactadas, además de los derechos de
explotación de imagen, retribuciones durante la incapacidad temporal o por muerte
durante el ejercicio de la profesión o lesión que le invalide para
cualquier actividad laboral. Son 180.000 euros para los herederos.
Los jugadores también tienen “libre acceso
a cualquier partido amistoso o de competición de los equipos afiliados a la
Liga Nacional de Fútbol Profesional (LNFP). Eso sí, de las colecciones de
cromos “stick stack, “pop up”, “trading cards” y similares no ven un duro.
Los beneficios de la explotación comercial de estos productos se los reparten
la LNFP (65 por ciento) y la AFE (35 por ciento).
En caso de que el Club o SAD no pague a
los futbolistas, la LNFP garantiza el pago de las deudas mediante la
constitución de un Fondo de Garantía Salarial. En Primera, el límite
máximo es de 500.000 euros para los jugadores de los equipos que han disputado
competiciones europeas en alguna de las dos temporadas anteriores a su descenso
administrativo. El resto de jugadores de otros clubes tienen un límite de
360.000 euros. Para la Segunda División A, las cantidades límite, en los mismos
supuestos que para la Primera, son de 310.000 euros y 205.000 euros.
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