Un análisis forense determinará si Villa entra o no en prisión
La Audiencia Provincial de Oviedo ha ordenado un análisis forense de José Ángel Fernández Villa para decidir si entra o no en prisión. El tribunal había solicitado la ejecución de la sentencia, lo que fue recurrido por la defensa, que alegaba enfermedad. El Tribunal Supremo confirmaba hace unos meses la pena de tres años de cárcel para quien fuera secretario general del Sindicato Obrero Minero de Asturias (SOMA-UGT) por delito continuado de apropiación indebida de fondos del sindicato. El exlíder sindical presentó un recurso alegando estar enfermo en el que incluía informes médicos. Ante esto, el Soma, en calidad de acusación, ha rechazado estos informes, acordando que sea examinado por un forense.
La Audiencia Provincial de Oviedo dictó sentencia el pasado 19 de septiembre de 2018 imponiendo, además de la condena de tres años de cárcel, la indemnización con 234.462 euros a SOMA-FITAG-UGT y con 190.696 euros a SOMA-UGT, lo que hace un total de 425.000 euros, una multa de 24.000 euros e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.
Castillejo
El exsecretario del Patronato de la Fundación Infide, Pedro Castillejo, también ha presentado un recurso para evitar entrar en prisión. En su caso, se ha acogido al supuesto de suspensión de la condena ordinario por tratarse de una pena de dos años y no tener antecedentes. Ante esta solicitud, el sindicato minero ha requerido al exsindicalista que concrete cómo abonará la responsabilidad civil. Castillejo fue condenado por la Audiencia Provincial por un delito continuado de apropiación indebida, condena ratificada por el Tribunal Supremo, a dos años de prisión y 2.400 euros de multa, así como a indemnizar con 114.952 euros a la fundación que dirigía.
Tanto Audiencia Provincial como Supremo consideran que José Ángel Fernández Villa, «prevaliéndose del ejercicio de sus cargos sindicales, hizo suyas diversas cantidades de las organizaciones que representaba, no dándoles el destino que les correspondía, existiendo un dolo de continuidad en todos los hechos».
Hechos probados
Según los hechos probados de la sentencia confirmada, Fernández Villa vino recibiendo de la empresa HUNOSA, desde noviembre de 1989 hasta enero de 2001, cheques extendidos a su nombre por las cantidades que el sindicato tenía que percibir en concepto de dietas, por la asistencia al Comité Intercentros, en condición de representantes de los trabajadores. Señala que llegó a quedarse con sus importes, siendo el total 234.462,46 euros. La resolución prosigue relatando que en febrero de 2001, la empresa modificó el modo de abono de las referidas cantidades al sindicato, pasando a hacerlo mediante transferencia bancaria, a cuyo fin Fernández Villa abrió una cuenta bancaria a nombre del SOMA, desde la que, a su vez, transfería el dinero recibido a otra cuenta bancaria, también del SOMA.
«Desde entonces y hasta el 2012, con cargo a esas cuentas le fueron abonados a José Ángel Fernández Villa diversos gastos, aparte del kilometraje y de las dietas que le correspondían por el desarrollo de sus funciones de secretario general del sindicato, tales como: adquisición, mantenimiento, reparación, seguros, carburante y multas de dos vehículos a su nombre; consumos del teléfono móvil del que era titular; comidas en restaurantes; y adquisición de puros, sombreros, productos dietéticos y farmacéuticos y similares, maletas, delicatesen, libros, cds, dvds, perfumes o ropa, entre otras cosas, y ello por un importe total de 173.932 euros», señala la sentencia. Además, destaca que posteriormente el exsindicalista siguió percibiendo cuotas, por un importe total de 16.764,27 euros, «con el fin de compensarse de la disminución de sus ingresos al cesar en los cargos políticos que venía ejerciendo en la Junta del Principado y en el Senado».
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