Ratificada
una condena por un fallecido que trabajó con amianto
La
Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha
desestimado el recurso presentado por Navantia contra la sentencia del Juzgado
de lo Social número 2 de Cádiz que condenó a esa empresa, a Izar y a Piquetas
Mecánicas a indemnizar con 46.500 euros a la viuda y a la hija de un trabajador
que estuvo en contacto con amianto durante años y murió tras padecer un cáncer
de pulmón.
Los
hechos se remontan al periodo comprendido entre los años 1955 a 1963, fechas en
la que el trabajador estuvo prestando sus servicios como trabajador de
Astilleros Españoles, en la filial Piquetas Mecánicas, arreglando buques en el
dique seco Nuestra Señora del Rosario. El bufete Ortiz Abogados, que representa
a la familia del demandante, explicó que en ese trabajo, el fallecido estuvo en
contacto directo con el polvo de amianto, material que se usaba en aislamiento
de motores y cabinas.
Tras
la demanda, el Juzgado de lo Social número 2 de Cádiz estimó parcialmente la
reclamación y concedió a la viuda e hija del trabajador el 50% de la
indemnización mínima contenida en el baremo relativa a accidentes de tráfico,
señaló Ortiz Abogados.
La
sentencia consideró probado que el trabajador fallecido fue diagnosticado de
silicosis pulmonar en junio de 1980 y que le fue reconocida en 1989 la
incapacidad permanente absoluta, derivada de enfermedad profesional.
Un
TAC realizado al trabajador en el año 2006 y el resultado de la autopsia
pusieron de manifiesto claramente, explicó Ortiz Abogados, la existencia de
placas pleurales de asbestosis.
El
juez, añadió el bufete, afirma en su sentencia que se puede atribuir por mitad
a cada enfermedad la causa de la muerte, por lo que concedió el 50% de la
indemnización que correspondería aplicando el baremo de los accidentes de
tráfico.
FOTO: DIARIODECADIZ
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