Estatutos del grupo de consumo de CNT Toledo
Recientemente y tras aprobación en la asamblea del
sindicato, se constituyó el grupo de consumo de CNT Toledo, que funcionará de
manera paralela a la actividad diaria de este sindicato. La asamblea del grupo
ha aprobado los estatutos internos que regirán el grupo de consumo. Para
contactar con el grupo de consumo, podeis hacerlo directamente a traves del
correo del sindicato (toledo@cnt.es) y del facebook recien creado (Grupo De
Consumo Cnt Toledo)
ESTATUTOS DEL GRUPO
DE CONSUMO DE CNT TOLEDO
1. Definición.
Art. 1.- El Grupo de Consumo de CNT Toledo es un colectivo
de consumidores y productores vinculado, pero independiente en su gestión, al
Sindicato de Oficios Varios de Toledo de la CNT, que busca la creación de una
red alternativa de consumo anticapitalista y consecuente con los ideales
anarquistas.
2. Principios.
Art. 2.- Los principios del Grupo de Consumo de CNT Toledo
son:
a): La libre asociación. Las personas o colectivos asociados
al Grupo de Consumo de CNT Toledo son completamente autónomas en el ejercicio
de su actividad y se vinculan entre sí a través de los acuerdos libremente
suscritos en asamblea.
b): El apoyo mutuo y la solidaridad. El Grupo de Consumo de
CNT Toledo busca ser algo más que una forma alternativa de intercambio de
bienes, y aspira a crear conciencia colectiva entre sus afiliados.
c): Desechar el ánimo de lucro como fin de cualquier
actividad económica. Una vez satisfechas las necesidades de sus afiliados de
manera suficiente y digna se destinaran los excedentes a nuevos proyectos en
desarrollo.
d): Apostar por un modelo económico autogestionado,
sostenible, ecológico, y localista que ponga en alza la salud y las relaciones
libres entre personas.
e): Priorizar en el siguiente orden la selección de
proveedores:
• Proyectos autogestionados.
• Cooperativas sin asalariados.
• Cooperativas con asalariados.
• Resto de productores, primando el que tenga mejores condiciones laborales.
3. Objetivos.
Art. 3.- Los principios del Grupo de Consumo de CNT Toledo
son:
a): Promover la autogestión y el método asambleario como
modelo de organización social.
b): Construir estructuras de tipo económico, político y
social que nos permitan vivir al margen de las relaciones de producción
capitalista.
c): Actuar como herramienta de concienciación sobre la
necesidad de cambios en las relaciones económicas mediante una labor pedagógica
de difusión de nuestra actividad y finalidad.
d): Servir como un medio de acumulación de fuerza para
condicionar el modelo de producción de las empresas capitalistas y mejorar las
condiciones laborales de sus trabajadores.
e): Promover la difusión de formas alternativas de
alimentación y de organización de los recursos que se adapten a los hábitos de
consumo que defendemos.
f): Fomentar y apoyar la creación de nuevos grupos de
consumo.
g): Fomentar y apoyar la creación de nuevos proyectos
autogestionados.
h): Participar en la constitución de una red de libre
asociación de grupos de consumo.
4. Ámbito territorial
y funcional.
Art. 4.- El ámbito territorial del Grupo de Consumo de CNT
Toledo, por motivos logísticos y sin ser cerrado, comprende la ciudad de Toledo
y los pueblos de alrededor.
Art. 5.- El ámbito funcional del Grupo de Consumo de CNT
Toledo es el de todos los consumidores y productores comprometidos con la necesidad
de un cambio en el sistema de organización social hacia un modelo libertario.
5. Domicilio.
Art. 6.- El Grupo de Consumo de CNT Toledo establece su
domicilio social en la ciudad de Toledo, c/ Río Valdeyernos, nº 4, local del
Sindicato de Oficios Varios de Toledo de la CNT.
6. Afiliados.
Art. 7.- El Grupo de Consumo de CNT Toledo dispondrá de un
periodo de tiempo indeterminado de afiliación cerrada para facilitar la puesta
en marcha del mismo.
Art. 8.- Transcurrido el periodo de afiliación cerrada, podrán
afiliarse al Grupo de Consumo de CNT Toledo todos los consumidores y
productores que compartan sus principios, objetivos y forma de funcionamiento.
Art. 9.- No podrán afiliarse al Grupo de Consumo de CNT
Toledo los empresarios con asalariados, los representantes o afiliados de
organizaciones patronales, las personas con cargos de representación política
ni los representantes o cargos de sectas religiosas. Tampoco podrán afiliarse
los miembros de fuerzas armadas, de las fuerzas de seguridad del estado, de
cuerpos de policía privada ni los carceleros, y en definitiva, todas aquellas
personas que desempeñen prácticas de represivas o de explotación.
Art. 10. La afiliación al Grupo de Consumo de CNT Toledo se
hará mediante una solicitud formal por escrito al secretariado permanente y
deberá ser aprobada por la asamblea. En el caso de los productores, la
solicitud tendrá que ir acompañada de una explicación clara de los recursos que
se está dispuesto a aportar o colectivizar.
Art. 11.- Son derechos de los afiliados del Grupo de Consumo
de CNT Toledo:
a): Recibir información de todo lo que afecte al
funcionamiento del grupo de consumo.
b): Disponer del apoyo y la solidaridad del resto de
afiliados.
c): Participar en las asambleas del grupo de consumo.
d): Elegir y ser elegido como miembro del secretariado
permanente.
e): Cualquier otro derecho que se deduzca del articulado de
estos estatutos.
Art. 12.- Son deberes de los afiliados del Grupo de Consumo
de CNT Toledo:
a): Respetar los acuerdos tomados por la asamblea del grupo
de consumo.
b): Prestar el apoyo y la solidaridad necesarios al resto de
afiliados.
c): Cumplir con los compromisos adquiridos con el grupo de
consumo, económicos o de cualquier tipo.
e): Cualquier otro deber que se deduzca del articulado de estos
estatutos.
Art. 13.- La afiliación al Grupo de Consumo de CNT Toledo se
perderá:
a): Por petición expresa de la persona interesada.
b): Por decisión de la asamblea del grupo de consumo.
c): Por el incumplimiento de los estatutos y demás acuerdos
del grupo de consumo.
7. Funcionamiento y
estructura.
Art. 14.- El único órgano de decisión del Grupo de Consumo
de CNT Toledo es la Asamblea del Grupo de Consumo de CNT Toledo.
Art. 15.- La interpretación de los artículos de estos
estatutos corresponde a la Asamblea del Grupo de Consumo de CNT Toledo.
Art. 16.- El Grupo de Consumo de CNT Toledo se crea por
tiempo indefinido y solo podrá ser disuelto por acuerdo de la Asamblea del
Grupo de Consumo de CNT Toledo.
Art. 17.- El Grupo de Consumo de CNT Toledo dispondrá de un
órgano de gestión, coordinación y representación en forma de secretariado
permanente integrado por:
• Secretaría General. Funciones:
• Realizar la convocatoria a las asambleas.
• Llevar un archivo con los estatutos, las actas y demás
acuerdos tomados.
• Gestionar el medio de comunicación de la asamblea (Grupos
de correo, blog privado, encuestas online…).
• Coordinar las actividades de las demás secretarias.
• Las demás actividades relacionadas con el propósito de
esta secretaría.
• Secretaría de Consumidores. Funciones:
• Coordinar a los consumidores.
• Gestionar el reparto de productos (Organización y cobro a
consumidores).
• Administrar la herramienta de gestión de productos.
• Las demás actividades relacionadas con el propósito de
esta secretaría.
• Secretaría de Productores. Funciones:
• Buscar productores.
• Realizar un archivo de acuerdos con productores.
• Gestionar las entregas por parte de los productores y el
pago de estas (Organización y pago a productores).
• Las demás actividades relacionadas con el propósito de
esta secretaría.
• Tesorería. Funciones:
• Administrar el lugar donde se guarde el dinero del grupo
de consumo (Caja de caudales, cuenta bancaria…).
• Estar al tanto de que cuadren las cuentas.
• Realizar un informe de cuentas rutinario (Mensual,
trimestral…).
• Las demás actividades relacionadas con el propósito de
esta secretaría.
• Secretaría de Comunicación y Propaganda. Funciones:
• Gestionar el medio de difusión de las actividades del
grupo de consumo (Blog, Facebook…).
• Organizar actividades de concienciación y promoción de
nuestras ideas.
• Comunicarse con otros grupos de consumo.
• Coordinar las actividades de apoyo a los proyectos
autogestionados vinculados al grupo de consumo.
• Las demás actividades relacionadas con el propósito de
esta secretaría.
8. Federación con
otros grupos de consumo.
Art. 18.- El Grupo de Consumo de CNT Toledo podrá federarse
libremente con otros colectivos que compartan sus objetivos e ideales.
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