“La UE estima que de aquí a 2030
medio millón de personas morirán por exposición al amianto”
Ana García de la Torre nos habla
en esta entrevista de las enfermedades de origen laboral y del amianto como uno
de los principales cancerígenos.
Nuevatribuna | ¿Qué enfermedades
profesionales no están reconocidas como tales?
Ana García de la Torre | Sólo se
consideran enfermedades profesionales las incluidas en el Real Decreto
1299/2006, de 10 de noviembre, por el que se aprueba el cuadro de enfermedades
profesionales en el sistema de la Seguridad Social.
El sistema de incorporación de
enfermedades al Cuadro de Enfermedades Profesionales es muy complicado, por lo
que multitud de enfermedades no se encuentran recogidas en este listado. Casi
son más las que no están que las incluidas.
Las nuevas formas de producción y
organización del trabajo están provocando el crecimiento de los riesgos
psicosociales. La Industria 4.0. en la que se incluyen los riesgos derivados de
las TIC (Tecnología de la Información y Comunicación), así como la
incorporación de los robots, incrementará este tipo de riesgos en los próximos
años. La OIT incorporó en el año 2010 los trastornos mentales y del
comportamiento al cuadro de enfermedades profesionales, pero España todavía no
ha procedido a su incorporación.
Se estima que sólo se notifican
entre el 0,1% y el 0,2% de las enfermedades que tienen un origen laboral
principal problema que existe en el reconocimiento de las enfermedades no
traumáticas de origen laboral (las no incluidas en el cuadro de enfermedades
profesionales) es su infranotificación. Se estima que sólo se notifican entre
el 0,1% y el 0,2% de las enfermedades que tienen un origen laboral. El sistema
PANOTRASS recoge las notificaciones de enfermedades no traumáticas de origen
laboral. Éstas son reconocidas como accidentes laborales, no como enfermedades
profesionales. Otro de los problemas es la determinación de la contingencia. Se
suelen calificar como contingencias comunes con el consiguiente perjuicio para
trabajadores y sistemas públicos de salud, en primer lugar, por la pérdida de
derecho en las prestaciones, y en segundo, por el gasto sanitario.
¿Cuáles se han incluido en los
últimos años y en que margen de tiempo? (últimas actualizaciones)
Mediante el Real Decreto 1150/2015,
publicado en el BOE el 19 de diciembre de 2015, se incorporó el cáncer de
laringe por inhalación de polvo de amianto al Cuadro de Enfermedades
Profesionales. En la actualidad se está estudiando la incorporación del cáncer
de pulmón por exposición a sílice cristalina.
Amianto
Caso del Amianto, ¿en qué
situación nos encontramos?
De las 36 enfermedades
clasificadas como cancerígenas, el 67% fueron causadas por el amianto
En el caso del Amianto, nos
encontramos con que aún son pocos los casos que se declaran. Según los datos
publicados por el Observatorio de Contingencias Profesionales del Ministerio de
Empleo y Seguridad Social, de las 36 enfermedades clasificadas como
cancerígenas, del Grupo 6, el 67% fueron causadas por el amianto, concretamente
24. Desde UGT venimos denuciando desde hace tiempo la infranotificación, en
general, de todas las enfermedades profesionales, y particularmente del
amianto. Según la Unión Europea de aquí a 2030 medio millón de personas morirán
en Europa por cánceres ocasionados por exposiciones al amianto, y España no va
ser una excepción.
Desde la aprobación del amianto
en los primeros años de la década del año 2000, UGT siempre ha estado al lado
de los trabajadores y trabajadoras víctimas de este silencioso y letal
contaminante, proponiendo constantes iniciativas para conseguir una solución
negociada y coordinada entre empresas y administraciones públicas. Siempre
hemos abogado por la creación de un Fondo Social, destinado a compensar el
sufrimiento de los trabajadores y trabajadoras afectados por las enfermedades
derivadas del amianto, así como de sus familiares, y, a la vez, dar un
reconocimiento público a su sufrimiento.
Creemos que el Estado español actuó tarde si lo comparamos con otros
países de la Unión Europea, ya que hasta el año 2002 no prohibió el amianto,
tanto su comercialización como la producción. En otros países de nuestro
entorno, las medidas se empezaron a adoptar en los años sesenta, por lo que
consideramos al Estado como responsable último por no haber actuado bajo el
principio de cautela, como lo hizo Suecia por ejemplo, y esperar a la evidencia
científica obligado por las Directivas Europeas.
Este Fondo Social gestionaría las
indemnizaciones a trabajadores enfermos, ayudas para la financiación de los
costes judiciales de reclamación a empresas incumplidoras, ayudas de asistencia
domiciliaria a enfermos y familiares, etc. También proponemos la creación de un
Instituto Oficial para Víctimas del Amianto, para la gestión de todos estos
aspectos.
En la actualidad existen diversas
iniciativas parlamentarias, algunas Proposiciones de Ley. Creemos que tal y
como está hoy configurado el arco parlamentario, es posible que puedan
prosperar estas iniciativas y que finalmente se cree ese Fondo de Compensación
de las víctima del amianto.
¿Qué diferente tratamiento tiene
un trabajador si se le reconoce como enfermedad común o profesional? (Coste,
medicinas, etc.).
La diferencia viene determinada
por la contingencia de la que derive la enfermedad:
Contingencia profesional (tiene un
origen laboral). Puede ser clasificada como enfermedad profesional (si está
incluida en el cuadro de enfermedades profesionales) o como accidente de
trabajo (si la enfermedad tiene un origen laboral, pero no está incluida en el
cuadro de enfermedades profesionales, por ejemplo, una enfermedad mental).
Contingencia Común (no tiene un
origen laboral) sería cualquier enfermedad común o accidente no laboral.
Existe diferencia de cuantía:
Enfermedad común o accidente no laboral:
– 60% de la Base Reguladora (Base
cotización de Contingencia Comunes) entre el cuarto y el vigésimo día.
– 75% a partir del vigésimo
primer día.
Enfermedad profesional y accidente de trabajo:
75% de la B.R. (Base de
cotización de Contingencias Profesionales) desde el día siguiente al de la
baja.
Diferencias de Derechos:
En la incapacidad temporal
derivada de una contingencia profesional, cuando durante la incapacidad
finalice el contrato y el trabajador pase a la situación de desempleo, el
tiempo en el que permanezca en la situación de incapacidad temporal no se
procederá a descontar del período de percepción del subsidio de desempleo. En
la incapacidad temporal derivada de una contingencia común, sí.
La prestación sanitaria también
es distinta, ya que en caso de contingencia profesional la cobertura es del
100%, mientras que por contingencia común la cobertura será la que preste el
Sistema Nacional de Salud (diferencias sobre todo en prestaciones
farmacéuticas).
Existe otra diferencia que no
tiene que ver directamente con el trabajador, pero que le afecta igualmente.
Los accidentes de trabajo graves o mortales son investigados por la Inspección
de Trabajo y los empresarios sancionados cuando se determine responsabilidad en
los mismos. De esta manera se puede
determinar su causa y poner las medidas preventivas correspondientes para que
no vuelvan a producirse. Cuando se determina una contingencia común no existe
investigación ni medidas preventivas.
¿Qué están diciendo los
organismos internacionales al respecto, en concreto la Unión Europea?
Las iniciativas que se están
produciendo respecto a las enfermedades profesionales están relacionadas con la
mejora de las Fuentes de Información y los Sistemas de Información. Desde el
pasado año se están revisando también los valores límite de exposición a
sustancias cancerígenas, lo que sin duda mejorará la prevención de este tipo de
enfermedades. En el caso de España, estos valores límites ya estaban recogidos
en el Listado que publica cada año.
¿Costes en España derivados de
las enfermedades profesionales?
Se estima que las Enfermedades
Mentales de origen laboral podrían tener un coste entre 545 y 810 millones de
euros, excluidas de este cálculo las prestaciones económicas por incapacidad
temporal
No conocemos ningún estudio que
establezca de manera rigurosa este tipo de coste. Actualmente está en proceso
de aprobación del segundo Plan de Acción de la Estrategia Española de Seguridad
y Salud en el Trabajo 2015-2020, en el que se incluirá un estudio de los costes
de la no prevención en los que se podrá determinar este coste.
Por parte de UGT, hemos realizado
dos estudios sobre costes, en colaboración con distintas universidades
españolas, relacionados con las Enfermedades Mentales y con el cáncer laboral.
Las conclusiones de los mismos son que las siguientes: se estima que las
Enfermedades Mentales de origen laboral podrían tener un coste entre 545 y 810
millones de euros, excluidas de este cálculo las prestaciones económicas por
incapacidad temporal. De este coste, el 50% sería asumido por los propios trabajadores
en forma de cuidados informales, el 18,6% por los Sistemas Públicos de Salud de
las CC.AA. al ser gestionados como contingencias comunes y el 31,4% por los
empresarios por pérdida de jornadas de trabajo. Respecto al cáncer laboral,
hemos realizado un estudio sobre el coste de las prestaciones sanitarias por
los Servicios Públicos de Salud, ya que igualmente son gestionados como
contingencias comunes, estimándose un sobrecoste para los mismos de 158
millones de euros.
¿Está prevista alguna iniciativa
parlamentaria al respecto?
Existe una Proposición de Ley de
creación de un fondo de compensación para las víctimas del amianto presentada
el pasado 21 de marzo de 2017. Existen también diferentes iniciativas para la
retirada de esta sustancia de los centros educativos.
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