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sábado, 2 de mayo de 2015

LA VERDADERA HISTORIA DEL DNI DIGITALIZADO


LA VERDADERA HISTORIA DEL DNI DIGITALIZADO

“Si tu banco te ha llamado para decirte que el plazo para digitalizar tu DNI terminaba el 30 de abril te ha mentido”. No lo digo yo, sino alguien que trabaja en esto. Es mentira porque en realidad el plazo terminó el 30 de abril, sí, ¡¡¡pero de 2012!!! Los bancos llevan tres años incumpliendo uno de los artículos de la ley de Prevención de Blanqueo de Capitales. Concretamente el 25.2, que les obliga a almacenar en soporte digital el documento de identidad del cliente para no encontrarse con fotocopias borrosas en las que no se lean bien los datos.  Y si todavía hay alguien que duda del plazo para esto, copio literalmente el último párrafo de la ley 10/2010:

“Disposición final séptima. Entrada en vigor. La presente Ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Se exceptúa de lo anterior la obligación de almacenar las copias de los documentos de identificación en soportes ópticos, magnéticos o electrónicos, establecida en el artículo 25.2 y las obligaciones establecidas en el artículo 41, que entrarán en vigor a los dos años y un año, respectivamente, de la publicación de la presente Ley en el «Boletín Oficial del Estado».”

La negrita es mía. Entonces, ¿por qué dicen eso los bancos ahora? Porque han juntado dos plazos:

30 de abril de 2012: plazo para tener el DNI digitalizado.

30 de abril de 2015: plazo para otros documentos.

La ley de 2010 también establecía que las entidades tenían que tener información de sus clientes: nómina, contrato, declaración de autónomos, declaración de la renta, … Documentos que acrediten el origen del dinero que ingresamos en nuestras cuentas y que justifiquen un poco nuestra operativa. Para recabar todos estos datos contaban con CINCO AÑOS: hasta el 30 de abril de 2015. Así que como no llegaron ni de lejos a cumplir con el DNI digitalizado a 30 de abril de 2012 en el sector se decidió darse tres años más de margen para hacerlo coincidir con este último plazo de documentación adicional. Por eso es imposible que exista una prórroga.

La ley sin embargo, ni el reglamento (que tiene narices se redactó 4 años después de aprobarse la ley), se reflejó esta ampliación de 3 años para tener el dni digitalizado. No ha pasado nada, pero con la ley en la mano, prácticamente todas las entidades (por no decir todas), llevan tres años incurriendo un una “falta grave” (artículo 52.l de la ley). Y veremos si cumplen a 30 de abril de 2015. Deberían haberles multado con un mínimo de 60.000 euros y un máximo del 1% del patrimonio neto.

Pero el gobierno de turno (ya era el PP), decidió no hacer nada en 2012. No se multó a ningún banco, quizá porque se pensó que bastante tenían ya con la gestión de los impagos del ladrillo y el hundimiento de sus cuentas. Y así hemos llegado a 2015. Por supuesto, nadie en el sector reconoce en público este incumplimiento. Algunos hasta comentan (con cierto desacierto), que la gente suele dejar las cosas para el último momento. Resulta sorprendente (o no) lo regular que se ha contado este tema en la mayoría de los medios (por no decir todos). El sector bancario ha conseguido que calara la idea de que todo terminaba ayer… Hasta el Gobierno insistía en que el plazo terminaba ayer para el DNI digitalizado y que era imposible la prórroga (claro, ya la había dado bajo mano).

Ahora se abre otro melón: ¿tiene derecho el banco a bloquearme la cuenta si yo no le he remitido mi DNI digitalizado u otros documentos? Pues en opinión de un experto en la lucha contra el blanqueo de capitales, no. “Deberían cancelar la cuenta con los plazos de aviso legales al cliente y realizar un examen especial del cliente (artículo 7.3 de la Ley 10/2010). Lo de bloquear una cuenta bancaria sin que el cliente tenga constancia formal del aviso del banco (pues una carta o un sms no son avisos formales pues no garantiza que el cliente lo haya leido) y que con ello le puedan causar impagos, gastos adicionales, cortes de suministro… me parece una barbaridad.”

Quería contar más cosas sobre la ley, el ya famoso SEPBLAC y cómo se lucha contra el blanqueo de capitales. Pero lo dejo para otro post.


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