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miércoles, 1 de octubre de 2008

El derecho al pataleo



Gema Carrera Bernal desde San Fernando (Cadiz)
¿Se ha visto alguna vez que alguien que no aprueba un examen tenga más derechos que una persona que sí ha aprobado? Parece ser que para los sindicatos del cuerpo de profesores de enseñanza secundaria (ANPE, CC.OO., CSI-CSIF, Y FETE-UGT) eso es lo correcto. Demandan a la Junta de Andalucía la adopción de soluciones para aquellas especialidades, en las que los interinos con tiempo de servicio se hayan visto notablemente perjudicados en el proceso de colocación con respecto a años anteriores.
En las pasadas oposiciones hemos podido comprobar algunas de las "diferencias" entre el personal interino de la Administración educativa y el de libre acceso. En mi opinión, lo único que tienen en común es la realización de la parte A (desarrollo por escrito de un tema elegido). Se acabaron las similitudes. En la parte B comienzan las diferencias. Esta parte consta de la presentación de una programación didáctica (B.1) y de la preparación y exposición oral de una unidad didáctica (B. 2). El personal interino que ocupa un puesto vacante para el curso escolar con anterioridad al 15 de octubre, puede optar por la sustitución de la unidad didáctica por el informe (parte B.2). Pero, ¿qué diferencias conlleva esto? Vamos a explicarlas despacito. No sólo significa que en vez de desarrollar quince unidades sólo debe desarrollar una, sino que tampoco tiene que exponerla ante el tribunal. Muy bien.
Pasemos ahora a comentar el baremo (los puntos). Para el apartado dedicado a la experiencia docente previa se reservan hasta un máximo de siete puntos (sobre los diez que se puede conseguir en el baremo). La formación académica y permanente tiene reservado hasta un máximo de cuatro puntos. Hasta aquí todo claro.
Y ahora yo me planteo varias cuestiones: Si apruebo el examen y el personal interino me adelanta por los puntos en el baremo, si las vacantes libres se las proporcionan a ellos por su experiencia docente (a pesar de haber suspendido el examen) y si en la bolsa se sitúan en posiciones más elevadas a la mía, aún suspendiendo el examen (si una persona no interina no aprueba no entra en la bolsa, sea de paso dicho también), ¿cuándo voy a conseguir sumar algún punto de esos siete?
Pero vamos, podéis estar tranquilos. Sus sindicatos siempre lucharán por defender sus derechos. ¿Y los nuestros? ¿No tenemos? Parece ser que sí, el derecho al pataleo.

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